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Atención: Invima prohíbe la venta de más de 130 esmaltes semipermanentes por contener sustancias cancerígenas

Invima confirmó la prohibición de 136 esmaltes semipermanentes tras detectar en su composición sustancias químicas asociadas a riesgos para la salud.

Esmaltes permanentes
Esmaltes para uñas semipermanentes son prohibidos por el Invima Esmaltes permanentes están relacionados con el cáncer. (Foto: Freepik) (Freepik)

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, confirmó la prohibición de 136 esmaltes semipermanentes tras detectar en su composición sustancias químicas asociadas a riesgos para la salud como el cáncer, además de afectaciones en la piel y posibles daños en la reproducción.

La decisión fue comunicada el 4 de marzo y se basa en la presencia de los compuestos Trimetilbenzoil Difenilfosfina Óxido, conocido como TPO, y N,N-dimetil-p-toluidina, identificado como DMPT, ingredientes que están prohibidos en este tipo de productos cosméticos por sus efectos tóxicos.

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Invima confirmó la prohibición de más de 136 esmaltes semipermanentes

Según la entidad, a partir de la resolución desde 16 de febrero de 2026 quedó prohibida la comercialización de estos esmaltes, así como la posibilidad de agotar inventarios existentes en el mercado. La restricción aplica en los países de la subregión andina, en cumplimiento de las disposiciones adoptadas dentro de la Comunidad Andina.


“La medida implica que dichos productos no pueden ser comercializados, ni procede su agotamiento de existencias a partir del 16 de febrero de 2026, quedando prohibida su comercialización en la subregión andina. Esta decisión se adopta como parte de las acciones de protección a la salud pública en el espacio comunitario, tras la evidencia científica que confirma los riesgos carcinogénicos, tóxicos para la reproducción y de sensibilización en la piel asociados a estas sustancias en algunos de los esmaltes semipermanentes”, indicó el Invima a través de un comunicado.

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El Invima explicó que la cancelación de las Notificaciones Sanitarias Obligatorias se realizó de manera automática una vez venció el plazo de 60 días establecido tras la publicación de la resolución correspondiente en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, el pasado 15 de diciembre de 2025.

“Con esta medida, la CAN y las autoridades sanitarias nacionales reiteran su compromiso con la protección de los consumidores y profesionales de belleza, garantizando que los productos disponibles en el mercado cumplan con los más altos estándares de seguridad”, agregó la entidad.

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Ante esta situación, la entidad hizo un llamado a fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos comerciales para que verifiquen permanentemente el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y consulten los canales oficiales de información antes de ofrecer este tipo de productos.

El organismo también destacó que el cumplimiento de las disposiciones regulatorias y la corresponsabilidad de todos los actores del mercado son claves para proteger a los consumidores y fortalecer la confianza en los productos disponibles.

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“El Invima reitera su disposición para brindar orientación técnica y acompañamiento a los actores del sector, reafirmando su misión de vigilancia y control sanitario en beneficio de todos los colombianos”, puntualizó.

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