Bogotá ya tiene ya tiene fecha para llevar a cabo la primera jornada del ‘Día sin Carro y sin Moto’ de 2026. Esta jornada se llevará a cabo el jueves 5 de febrero, en horario comprendido entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m.Esta jornada se realiza como resultado de la Consulta Popular realizada en el año 2000, en la que la ciudadanía votó de manera positiva a la implementación de este día cada primer jueves de febrero.
La medida busca promover en la ciudadanía la importancia de adoptar prácticas de movilidad sostenible como caminar, montar en bicicleta o usar el transporte público para conectar con Bogotá.
“Para el 70 % de las personas en Bogotá, todos los días son días sin carro, porque se movilizan en transporte público, en bicicleta o caminando. Hoy invitamos a quienes usualmente utilizan el vehículo particular a sumarse a estos modos de transporte, a conectarse con la ciudad desde otra perspectiva y, al mismo tiempo, a aportar a una ciudad con menos ruido y a contribuir a que todos respiremos mejor”, dijo la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz.
El 'Día sin Carro y sin Moto’también busca fomentar un uso eficiente de los vehículos particulares y promover estrategias de cultura ciudadana enfocadas en impulsar cambios de hábito permanentes hacia una movilidad más sostenible.
En este periodo la ciudad contará con la oferta de transporte público como rutas TranMiZonales, troncales de TransMilenio y TransMicable que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SIPT) y la infraestructura de ciclorutas y bicicarriles habilitada para facilitar los desplazamientos hacia la universidad, el trabajo o diferentes motivos de viaje.
Restricciones y excepciones del ‘Día sin Carro y sin Moto’ en Bogotá
Durante esta jornada no podrán circular
- Carros y motos particulares.
- Carros con permiso de pico y placa solidario.
- Vehículos particulares de medios de comunicación con placa amarilla.
- Automóviles y motocicletas de academias de conducción.
- Vehículos híbridos o a gas.
- Taxis y vehículos de transporte especial con placa terminada en 7 y 8.
- Transporte de carga tendrá restricción habitual, acorde con el Decreto Único del Sector Movilidad 652 de 2025, artículos 485 al 502.
Para los vehículos con permiso de Pico y Placa Solidario, se repondrá el día al final del periodo adquirido. Es importante recordar que incumplir esta medida es una infracción, que conlleva una multa de 633.000 pesos e inmovilización del vehículo.
Sí podrán circular
- Transporte público.
- Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio
- Transporte para personas con discapacidad.
- Vehículos de emergencia.
- Transporte escolar.
- Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.
- Servicio públicos domiciliarios.
- Destinado al control de tráfico.
- Caravana presidencial.
- Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá de la Fiscalía General de la Nación.
- Vehículos diplomáticos o consular.
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección (UNP).
- Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.
- Carrozas fúnebres.
- Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento de buses de TransMilenio o del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SIPT) .
- Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas.
- Transporte de valores.
