La Corte Suprema de Justicia decretó una medida provisional que deja sin efectos la orden del Tribunal Superior de Bogotá que obligaba al candidato presidencial Abelardo De La Espriella a modificar su campaña. Según esa prohibición, el aspirante a la Casa de Nariño debía retirar de su propaganda electoral la bandera de Colombia, imágenes relacionadas con las Fuerzas Militares y las frases “Firmes por la Patria” y “Defensores de la Patria”.
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Sobre la decisión del Tribunal, De la Espriella interpuso una tutela que acaba de ser admitida por la Sala Laboral de la Corte Suprema, con lo que los efectos de la orden anterior quedan suspendidos. El candidato señaló que dicha prohibición configuraba un “perjuicio irremediable e irreversible” a su campaña, pues lo obligaba a desmontar toda su estrategia publicitaria en un plazo de 24 horas y a pocos días de la segunda vuelta.
Los argumentos de la Corte
La Corte concluyó que no existe una apariencia razonable de que pudo haberse afectado el derecho al debido proceso del candidato, debido a que la decisión cuestionada no habría desarrollado de manera suficiente los requisitos exigidos por la jurisprudencia para imponer una medida cautelar de ese alcance.
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Además, consideró que existía un riesgo inminente de afectación a los derechos políticos y de participación democrática de De la Espriella, ya que la orden debía cumplirse en plena recta final de la campaña presidencial. Según el fallo, ese retiro habría podido afectar considerablemente al candidato, aún si posteriormente se determinaba que la medida inicial no era procedente.
No obstante, la Corte aclaró que no está resolviendo de fondo el tema sobre el uso de la bandera, colores patrios y expresiones alusivas al Ejército y la Policía, pues solo ha tomado acciones frente a la medida cautelar del Tribunal.
