El ministro del Interior, Armando Benedetti, se pronunció sobre la controversia generada por el documento firmado por Gloria Elena Arizabaleta, presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, en el que se ordenaría la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro.
A través de sus redes sociales, el funcionario sostuvo que dicha instancia no tiene competencia para apartar del cargo al jefe de Estado y aseguró que la Constitución establece un procedimiento específico para ese tipo de decisiones.
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Armando Benedetti reaccionó a la orden de suspensión del presidente Gustavo Petro
“En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción”, afirmó Benedetti.
El ministro explicó que, en su criterio, una eventual suspensión del mandatario solo podría producirse después de surtirse varias etapas en el Congreso de la República. “Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente”, señaló.
Benedetti también cuestionó que una determinación de esta naturaleza pueda ser adoptada por una sola integrante de la Comisión de Acusaciones. “Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante”, manifestó.
Las declaraciones del ministro se producen en medio del debate suscitado por el documento firmado por Gloria Elena Arizabaleta, mediante el cual se ordenaría la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro hasta el próximo 21 de junio de 2026.
La decisión ha generado un intensa polémica debido a las interpretaciones sobre las competencias constitucionales de la Comisión de Acusaciones y del Congreso frente a eventuales procesos contra el jefe de Estado.
