La Juez 40 Administrativa de Bogotá, Teresa de Jesús Montaña González, le dio un ultimátum de 48 horas al ministro del Interior, Armando Benedetti, para que se retracte públicamente de una serie de señalamientos realizados contra el exministro de Vivienda, Luis Felipe Henao. El fallo ampara lo que serían los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre de exfuncionario, luego de calificar como “mentirosas” e infundadas las afirmaciones publicadas por el alto funcionario en sus redes sociales.
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La decisión judicial, conocida este 23 de febrero, surge como respuesta a una acción de tutela interpuesta por Henao, luego de que el 11 de diciembre de 2025 Benedetti utilizara su cuenta oficial en la red social X para lanzar graves acusaciones. Entre los calificativos que el ministro deberá rectificar se encuentran expresiones como “cómplice” y “lavaperros”, acompañado de señalamientos sobre un presunto incremento patrimonial injustificado y supuestos vínculos con figuras cuestionadas como el ‘Ñoño’ Elías y el ‘Ñeñe’ Hernández.

Los presuntos señalamientos sin evidencia que hundieron al Ministro en los tribunales
De acuerdo con el expediente, Benedetti aseguró que Henao habría recibido comisiones en México y que su patrimonio creció de manera irregular luego de su paso por el Ministerio de Vivienda. Sin embargo, durante el proceso, la Corte Suprema de Justicia reportó oficialmente que no existe evidencia clara sobre alguno de esos procesos penales vigentes o registros de investigaciones que respalden tales afirmaciones.

El fallo de la jueza Montaña fue contundente al señalar que las publicaciones del jefe de la cartera del Interior carecían de “pruebas y razonabilidad”. La justicia determinó que el alcance de estos mensajes, emitidos desde una cuenta verificada con más de 580.000 seguidores, generó un supuesto daño a la imagen pública de Henao, quien también forma parte y es integrante independiente de la Junta Directiva de Ecopetrol S.A.
El impacto de las redes sociales en la responsabilidad de los funcionarios públicos
Uno de los puntos clave analizados por el juzgado fue la responsabilidad que tienen los servidores públicos al usar plataformas digitales. Según reportó y conoció El Tiempo, la defensa de Benedetti intentó argumentar que las expresiones no eran deshonrosas, sino que se trataba de una controversia entre dos figuras públicas en ejercicio de su derecho a la opinión.
No obstante, el despacho judicial desestimó esta postura, advirtiendo que el estatus de figura pública no otorga licencia para difundir información falsa. La orden exige que la rectificación se haga con el mismo despliegue y en la misma cuenta de X donde se originaron los presuntos ataques, garantizando que el público que leyó las acusaciones tenga acceso a la aclaración de que estas fueron infundadas.
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El exministro Henao había solicitado previamente que se verificara ante la Fiscalía y la Corte su situación jurídica, logrando demostrar que los señalamientos sobre nexos con el narcotráfico o lavado de activos, derivados de fotos con el fallecido ´Ñeñe´ Hernández, no han trascendido a procesos judiciales en su contra. Con este fallo, el Ministro del Interior queda sujeto a una orden de obligatorio cumplimiento para evitar sanciones por desacato.
