En las últimas horas, la capital colombiana se ve sacudida por un grave caso de abuso contra una menor. Jorge Andrés Rodríguez Ríos, docente de música de una institución educativa en la localidad de Usme, sur de Bogotá, fue capturado y puesto tras las rejas por el delito de acto sexual con menor de 14 años agravado. La investigación de las autoridades reveló que este hombre, aprovechando su posición de confianza como profesor, abusó de una niña de tan solo cuatro años de edad.
Los hechos se remontan al pasado 16 de mayo. Rodríguez Ríos, conocido por los niños como el profesor ‘Fantástico’, organizó una actividad de “burbujas” con los pequeños del grado jardín. Fue en medio de este juego, mientras la niña de cuatro años se encontraba en el baño, que fue abordada por el agresor. Según el desgarrador relato de la menor, el profesor se le acercó y, bajo la excusa de hacerle cosquillas, le dijo que le “estaba haciendo amores”, mientras perpetraba los actos sexuales abusivos.
Captura y medida de aseguramiento: El agresor en la cárcel
Tras una rápida investigación, las autoridades lograron la captura de Jorge Andrés Rodríguez Ríos. Posteriormente, el hombre fue presentado ante el Juzgado 67 Municipal con Funciones de Control de Garantías. En la audiencia, un juez legalizó la captura y, considerando la gravedad de los hechos y la vulnerabilidad de la víctima, dictó medida de aseguramiento en centro carcelario. Esto significa que el profesor de música fue enviado de inmediato a la cárcel, donde esperará el desarrollo de su proceso judicial.
Lea también: Hinchas de Millonarios gritaron “Fuera Serpa” tras la derrota contra Equidad
Penas que podría enfrentar el agresor según la ley colombiana
El delito de acto sexual con menor de 14 años agravado en Colombia está tipificado en el Código Penal y es considerado de extrema gravedad, con penas privativas de la libertad sustanciales.
Más noticias: ¿Se levanta el paro arrocero? Gremio espera confirmación del Gobierno y compromiso de las industrias
Según el Artículo 209 del Código Penal Colombiano, referente al “Acto sexual con menor de catorce años”, la persona que realice acto sexual con un menor de esa edad, o lo induzca a realizarlo, incurrirá en prisión. Sin embargo, el caso del profesor Rodríguez Ríos presenta agravantes específicos que aumentan considerablemente la pena:
- Posición de autoridad o confianza: El hecho de ser un docente y abusar de una menor bajo su cuidado constituye un agravante. El Artículo 211 del Código Penal establece que las penas para este tipo de delitos se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando el autor sea “persona que tenga cualquier clase de relación de autoridad, fiduciaria o de parentesco o convivencia con la víctima”.
- Edad de la víctima: La extrema vulnerabilidad de una niña de 4 años es un factor determinante en la aplicación de la pena.
Considerando estos agravantes, las penas para el delito de acto sexual con menor de 14 años agravado pueden oscilar entre 16 y 37 años de prisión. Es importante señalar que estas penas son de estricto cumplimiento y no suelen ser susceptibles de beneficios como la prisión domiciliaria, dada la naturaleza del delito y la protección especial que la ley colombiana otorga a los niños, niñas y adolescentes. La decisión final sobre la condena dependerá de las pruebas presentadas y el juicio correspondiente.

