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‘Tatequieto’ a la pólvora: reglamentaron Ley que prohíbe algunos usos y establece topes de ruido

La representante a la Cámara, Katherine Miranda, habló sobre la nueva medida que cae como anillo al dedo por la Navidad

Pólvora - pirotecnia - imagen referencial

Este 7 de diciembre comienza la celebración del día de velitas en Colombia y con ello llegó finalmente la regulación de la pólvora que se logró tras la gestión en el Congreso de la República.

Este decreto cae como anillo al dedo ya que esta celebración que se vive con alumbrados, velitas y faroles marca el inicio de la época de navidad, en la que se dispara el uso de la pólvora y lamentablemente las consecuencias con personas quemadas por estos mismos artefactos.

Tras el llamado de la representante a la Cámara, Katherine Miranda, finalmente el Gobierno expidió el decreto de Ley 2224 de 2022 que reglamenta el “uso, la fabricación, la manipulación, el transporte, el almacenamiento, la comercialización, la compra, la venta y el expendio de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones”.

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Esta ley establece puntos neurálgicos para poder evitar el impacto de la mala e inadecuada manipulación de la pólvora, por lo que se establecen multas fijas para quienes la manipulen ilegalmente y prohíbe explícitamente la venta de la misma a menores de edad.

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Multas a quienes manipulen pólvora ilegalmente

El decreto emitido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro establece que habrá una multa de entre 1 y 200 salarios mínimos para “toda persona natural o jurídica que use, fabrique, manipule, transporte, almacene, comercialice, compre o venda pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos” de forma ilegal.

Para poder comprar y manipular pólvora, entonces, las personas deberán tener un permiso expedido “por los alcaldes municipales o distritales, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 670 de 2001 y la Ley 1801 de 2016″. De igual forma, las personas autorizadas para manipularla serán únicamente quienes tienen conocimiento previo y además poseen el permiso de las autoridades.

Prohibida la manipulación de pólvora por parte de menores de edad

El decreto también establece y reitera que está prohibida la venta “de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a niños, niñas y adolescentes y a personas en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o prohibidas, en todo el territorio nacional”. Además, la reglamentación es enfática en que cuando un menor de edad sea encontrado manipulando pólvora se le pondrá a disposición de un defensor de familia o autoridad, que estará en facultad de determinar las medidas de protección necesarias.

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Bajarle a los decibeles

La representante Katherine Miranda también fue enfática en la buena noticia para personas en condiciones de discapacidad y para los animales sensibles al sonido que hace la pólvora. En este sentido, señaló que “logramos reducir el número de decibeles en los espectáculos pirotécnicos. Actualmente la pólvora podía llegar hasta 200 decibeles, y con esta reglamentación de nuestra ley va a llegar hasta 90 máximo. Esto mantiene la tranquilidad de muchas personas que tienen condiciones especiales de discapacidad como el autismo o el síndrome de down o también, ¿por qué no?, de nuestros animales que sufren tanto con este tipo de sonidos”.

Vea el decreto completo:

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