El Ministerio de Salud emitió este jueves una circular para garantizar la ruta que dé acceso seguro a la interrupción voluntaria del embarazo, con lo que da cumplimiento a la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto a principios de año.
PUBLICIDAD
“Con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional mediante la sentencia C-055 de 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la circular 044 del 28 de septiembre del presente año”, informó MinSalud un día después de la celebración del Día de Acción Global por un aborto legal y seguro.
La sentencia modifica el artículo 122 del Código Penal despenalizando el aborto cuando se realiza hasta la semana 24 de gestación, manteniendo las tres causales despenalizadas en el año 2006 sin límite de gestación.
También le puede interesar: Nuevamente las calles se vistieron de verde
En la circular, entre otras, se dan instrucciones para fortalecer “el acceso a información sobre los derechos sexuales y los derechos reproductivos” y adelantar acciones para “identificar, prevenir y actuar frente a la violencia física y sexual, garantizando el acceso a los servicios dispuestos para su atención, buscando la reducción del número de embarazos no deseados y el aborto inseguro”.
Además, especificó que la “atención integral en salud no deberá imponer barreras o demoras para la prestación del servicio” de interrupción voluntaria del embarazo.
Johanna Barbosa, directora de Promoción y Prevención, indicó que se pretende “garantizar de forma segura a las mujeres en todo el territorio nacional” el acceso al aborto y de esta forma “prevenir y reducir al máximo complicaciones y muertes en mujeres por el acceso a sitios clandestinos en los que se practican abortos sin garantizar las condiciones de seguridad y habilitación y calidad”.
PUBLICIDAD
“Para esta cartera es de vital importancia, además de esta medida, seguir fortaleciendo todas las estrategias en materia de salud pública específicamente promoción, prevención y educación enfocada al ejercicio responsable de la salud sexual y reproductiva”, añadió Barbosa.
Se debe cumplir lo ordenado
La sentencia fue emitida por el máximo tribunal en febrero pasado, tras meses de trabas y retrasos. Pero hasta ese momento, el delito del Código Penal condenaba a la mujer que abortara con hasta 54 meses de prisión.
El Ministerio de Salud indicó que con esta circular se cumple con “lo ordenado” en la sentencia de la Corte, en la que pedía al Congreso y al Gobierno que “en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral –incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso–, que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes”.
Es decir que, a partir de ahora, no se considerará un delito que las mujeres acudan a este procedimiento.
Precisamente el miércoles salieron colectivos feministas a las calles de las principales ciudades de Colombia para celebrar este histórico fallo, que llegó tras años de luchas e impedimentos, y para recordar que a pesar de la despenalización siguen existiendo barreras para las mujeres que quieren acceder a una interrupción voluntaria del embarazo.