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¡Violencia de género legalizada! El nuevo código penal talibán permite golpear a las mujeres y castiga con dureza a las personas de las clases sociales más bajas

El régimen en Afganistán aprobó una normativa que permite agresiones físicas en el matrimonio si no dejan marcas visibles. El documento filtrado revela un sistema judicial que castiga la movilidad femenina y protege a los agresores.

El régimen talibán aprobó un Código Penal que reduce castigos por violencia contra mujeres y restringe sus derechos civiles en Afganistán. Archivo: AP

El régimen talibán en Afganistán oficializó un nuevo Código Penal y de Procedimiento que autoriza a los hombres a golpear a sus esposas bajo el amparo de la ley, siempre y cuando las agresiones no dejen marcas físicas evidentes, menciona esta ley.

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La normativa, implementada este inicio de año bajo la dirección del líder supremo Hibatullah Akhundzada y filtrada recientemente por organizaciones de derechos humanos, establece que una condena por violencia machista comprobada no superará los 15 días de prisión.

Esta legislación elimina la violencia intrafamiliar como delito perseguible por el Estado y la reclasifica como un método de un supuesto “castigo correctivo” dentro del hogar, blindando jurídicamente a los agresores frente a cualquier señalamiento judicial.


Según el texto legal traducido y citado por medios como DW, la desproporción penal es directa. Varios artículos detallan que si un esposo ejerce fuerza excesiva y causa fracturas, heridas o moretones a su pareja, enfrentaría un castigo máximo de dos semanas en la cárcel. Sin embargo, la pena depende de que la mujer logre demostrar el abuso ante un tribunal que también es controlado por el régimen.

El marco jurídico delega la resolución de estos conflictos en tribunales compuestos exclusivamente por clérigos, luego de que el gobierno talibán eliminara el sistema de justicia expulsando a todas las juezas, fiscales y abogadas del país.

¡Cárcel por buscar una red de apoyo familiar!

La reestructuración legal restringe fuertemente la libre circulación y anula el derecho al refugio para las mujeres afganas. El artículo 34 tipifica como delito que una mujer casada permanezca en la casa de su familia biológica sin la autorización directa de su cónyuge o sin un motivo amparado por su estricta interpretación de la Sharia.

Quienes no cumplan con esta directriz pueden ser encarceladas hasta por tres meses. La medida se extiende a los familiares que la acojan, las defiendan o apañen. Si los padres o hermanos se niegan a devolverla al domicilio conyugal, reciben la misma pena de prisión. Esta disposición destruye cualquier posibilidad de escape para las mujeres atrapadas en matrimonios abusivos, convirtiéndolas, a efectos prácticos, en propiedad bajo custodia masculina permanente.

Impunidad basada en el estatus social

El nuevo código también oficializa una estructura de justicia jerárquica que rompe con el principio de igualdad ante la ley. El documento divide a la sociedad en cuatro categorías, clérigos, élite, clase media y clase baja, y ajusta las condenas según el estatus del acusado.

Mientras los ciudadanos de las clases bajas enfrentan penas de prisión y castigos corporales como latigazos, los miembros de la élite gobernante y los líderes religiosos reciben únicamente advertencias formales por las misma condenas. Redes internacionales como DW y agencias de DD. HH. señalan que este marco consolida a Afganistán como el único Estado que diseña su Código Penal específicamente para anular los derechos civiles y humanos de la mitad de su población.

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