La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efectos el Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, una de las herramientas financieras clave con las que el Gobierno de Gustavo Petro. Este decreto buscaba recaudar fondos para mitigar la crisis energética, específicamente en la región Caribe.
(También puede leer: En video: con honores militares despidieron al presidente Petro tras su visita a Estados Unidos)
Con una votación de seis contra dos, el alto tribunal determinó que esta normativa no puede aplicarse luego la suspensión del decreto principal de la Emergencia Económica.
Esta decisión judicial representa, otro, bloqueo directo al flujo de caja proyectado por el Ministerio de Minas y Energía, que pretendía trasladar recursos de las empresas generadoras con utilidades hacia aquellas en quiebra o bajo intervención estatal, como es el caso de Air-e.
El Caribe, en el centro de la incertidumbre financiera
“Como consecuencia de lo decidido en Auto 082 del 29 de enero de 2026, NO PRODUCIRÁ EFECTOS, a partir de la fecha, el Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, por el cual se adoptan medidas para propender por la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el marco del estado de emergencia económica y social, hasta que la Sala Plena de esta Corte profiera una decisión definitiva respecto de la constitucionalidad del mencionado decreto”, esto es lo que menciona el comunicado emitido por la Corte Constitucional.
Por lo que, ahora el decreto que esperaba emitir un impuesto del 2,5 % sobre las utilidades de las generadoras y una entrega obligatoria de energía por parte de las hidroeléctricas, no regirá.
Con ese impuesto el Gobierno nacional buscaba evitar un posible colapso en la prestación del servicio utilizando las ganancias del sector para apalancar a las distribuidoras deficitarias, un plan que ahora carece de piso jurídico mientras la Corte emite un fallo de fondo definitivo.
La batalla jurídica de la Casa de Nariño
La decisión de los magistrados Carlos Camargo, Lina Escobar, Paola Meneses, Miguel Polo, Natalia Ángel y Juan Carlos Cortés se basa en lo que sería la caída del Decreto 1390 de 2025 (el decreto principal que declaró la emergencia), los derivados pierden su sustento legal. Solo los magistrados Vladimir Fernández y Héctor Carvajal votaron a favor de mantener la medida.
Ante este escenario, la Presidencia de la República, a través de su secretaría jurídica, ha solicitado la nulidad de la suspensión. El Ejecutivo argumenta una presunta violación al debido proceso y sostiene que la Corte Constitucional está sentando un precedente único al suspender un decreto legislativo antes de un fallo final.
Por el momento, las obligaciones tributarias y operativas que vencían en febrero y mayo de 2026 quedan anuladas, dejando al Gobierno en la búsqueda de un plan B para evitar un apagón financiero en las zonas más vulnerables del país.
