En medio de la incertidumbre que ha generado la implementación de nuevas normativas para el sector salud en 2026, el Ministerio de Salud y Protección Social ha salido al paso para aclarar los alcances de la Circular Externa 044 de 2025. Esta norma, que regula el registro de medicamentos financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) a través de la plataforma MIPRES, ha despertado dudas sobre posibles barreras de acceso para los pacientes.
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Sin embargo, el Gobierno Nacional es enfático: no se están creando nuevos trámites, sino fortaleciendo el control para evitar que las farmacias se queden vacías.
Transparencia contra el desabastecimiento
El objetivo central de esta medida, según la cartera de Salud, es establecer un sistema de seguimiento institucional robusto. Al registrar los medicamentos en MIPRES, el Estado busca identificar en tiempo real dónde se presentan retrasos, por qué no se están entregando fórmulas y cuáles son los riesgos reales de desabastecimiento.
“La Circular 044 de 2025 no impone barreras de acceso ni modifica el acto médico. Su alcance se limita al registro y seguimiento de información que ya debe existir en el sistema”, señaló el Ministerio en un comunicado oficial. Con esto, se pretende que el uso de la tecnología sea una herramienta de transparencia y no un obstáculo para el ciudadano de a pie.
¿Cómo funcionará la prescripción para médicos y pacientes?
Una de las mayores preocupaciones del gremio médico era la posible duplicidad de tareas. El Ministerio aclaró que la prescripción en la plataforma se realiza en un solo acto médico. Esto permite formular múltiples tecnologías y medicamentos de manera simultánea, tal como ocurre en la consulta habitual, sin alterar la autonomía del profesional ni la relación médico-paciente.
Un punto clave es que la responsabilidad del suministro sigue recayendo en las EPS. Estas entidades deben garantizar el direccionamiento y el cierre efectivo de la entrega, mientras que los gestores farmacéuticos están obligados a registrar el momento exacto en que el paciente recibe su tratamiento.
Lecciones del pasado y un periodo de gracia
Para dar tranquilidad a los usuarios, el Gobierno recordó que MIPRES no es una herramienta nueva; opera desde 2016 bajo el marco de la Ley Estatutaria de Salud. Como ejemplo de éxito, citaron el caso de los medicamentos antirretrovirales para pacientes con VIH, donde el uso de la plataforma no generó barreras y, por el contrario, garantizó la continuidad de tratamientos críticos.
Conscientes de que toda tecnología requiere una adaptación, se ha anunciado un periodo de transición de cinco meses. Durante este tiempo:
- El personal médico recibirá capacitación constante.
- Habrá acompañamiento técnico para clínicas y hospitales.
- La implementación será gradual para no afectar la atención al público.
Esta estrategia busca que, una vez superada la curva de aprendizaje, el sistema de salud colombiano cuente con una base de datos fidedigna que permita “identificar responsabilidades” cuando el flujo de medicamentos se interrumpa, protegiendo así el derecho fundamental a la salud.
