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Estos son los compromisos que deberá cumplir Álvaro Uribe Vélez durante su detención

Se conoció el documento que firmó el expresidente Álvaro Uribe Vélez sobre los compromisos que debe cumplir en su detención domiciliaria.

Álvaro Uribe, expresidente, compromisos de la prisión domiciliaria @CEDEMOCRATICO / CENTRO DEMOCRÁTICO - Archivo

Este viernes, 8 de agosto, se conoció el documento que firmó el expresidente Álvaro Uribe Vélez en el que se detallan los compromisos que debe cumplir durante el periodo de detención que le fue determinado en la sentencia de primera instancia por parte de la juez Sandra Heredia, que lo condenó a 12 años de prisión domiciliaria.

En el documento se enumeran los compromisos a los que debe ceñirse mientras se encuentre vigente la detención domiciliaria como parte de la condena.

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Compromisos de Uribe mientras esté en casa por cárcel

El periodista Daniel Coronell publicó el documento firmado en el que se enumeran los compromisos que el expresidente se comprometió a cumplir mientras esté en casa por cárcel.


En el documento se lee que “sentenciado por el despacho comitente como determinador penalmente responsable del delito de Soborno en Actuación Penal, en concurso Homogéneo, y en concurso heterogéneo con Fraude Procesal, a su vez concurso homogéneo, imponiendo como pena principal doce (12) años de prisión

Luego se lee dice que “el sentenciado procede a suscribir diligencia de compromiso con el pliego de obligaciones enlistadas en el artículo 389 Nral. 4 del Código Penal (...) a fin de cumplir con los requisitos legales e iniciar el cumplimiento de la pena, bajo el sustituto de la prisión domiciliaria”.

Los compromisos son:

- No cambiar de residencia sin autorización previa del funcionario judicial. (El sentenciado ha manifestado que cumplirá su detención domiciliaria en su residencia principal.

- Ejecutoriada la sentencia y dentro del término que fije el juez, sean reparados los daños ocasionados con el delito. El pago de la indemnización debe asegurarse mediante garantía personal, real, bancaria o mediante acuerdo con la víctima, salgo que demuestre insolvencia; en el presente caso no se ha establecido perjuicios.

- Comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la pena cuando fuere requerido para ello.

- Permitir la entrada a la residencia de los servidores públicos encarados de realizar la vigilancia del cumplimiento de la reclusión. Además, deberá cumplir las condiciones de seguridad que le hayan sido impuestas en la sentencia, las contenidas en los reglamentos del Inpec para el cumplimiento de la prisión domiciliaria.

       

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