Los hechos ocurrieron en la calle 73 con carrera 89A, en la localidad de Engativá, cuando Jhon Alexander Escobedo Colorado, un residente del sector, notó un vehículo estacionado frente a su vivienda. Según la investigación de las autoridades en Bogotá, Escobedo se acercó e increpó al conductor del carro para que moviera el automóvil del lugar.
Mientras la víctima iniciaba lentamente la marcha de su vehículo, Escobedo, tras un breve intercambio de palabras, sacó un arma de fuego sin salvoconducto y disparó en dirección al carro. Uno de los proyectiles atravesó la parte trasera del automóvil e impactó en la cabeza del conductor, quien, al momento de la publicación de esta nota, permanece en estado crítico.
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La investigación de la Fiscalía y el CTI ha revelado que el conductor se encontraba de espaldas al agresor en el momento del ataque, sin posibilidad alguna de defensa o reacción. Ante la gravedad de los hechos, las autoridades procedieron a la captura de Jhon Alexander Escobedo Colorado el pasado 24 de julio de 2025, mediante orden judicial, en vía pública del barrio Valles de Florencia, occidente de la ciudad.
Durante la audiencia de legalización de captura ante el Juzgado 73 Penal Municipal con función de garantías, el juez legalizó la detención de Escobedo, y posteriormente fue enviado a la cárcel. La Fiscalía lo ha acusado de homicidio agravado en modalidad de tentativa, en concurso heterogéneo con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, municiones, partes o accesorios.
¿Qué condena podría enfrentar el agresor?
De acuerdo con el Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), los delitos imputados a Jhon Alexander Escobedo Colorado conllevan penas significativas:
- Homicidio Agravado en Grado de Tentativa (Artículo 27 y 104 del Código Penal):
- El homicidio simple (Artículo 103) tiene una pena de prisión de 208 a 450 meses (aproximadamente 17 a 37.5 años).
- Cuando el homicidio es agravado (Artículo 104), las penas aumentan considerablemente. Las circunstancias agravantes incluyen, entre otras, obrar con sevicia, o en estado de indefensión o inferioridad del sujeto pasivo, lo cual podría aplicar dado que la víctima estaba de espaldas. Las penas para homicidio agravado pueden ir de 400 a 600 meses, y en algunos casos hasta 500 a 700 meses (aproximadamente 33 a 58 años).
- Al ser en grado de tentativa (Artículo 27), la pena se rebaja de la mitad a las tres cuartas partes del tiempo previsto para el delito consumado. Esto significa que un juez puede imponer una pena menor que la del homicidio consumado, pero aún así muy considerable, dependiendo de qué tan cerca estuvo el agresor de consumar el delito y las circunstancias agravantes.
- Fabricación, Tráfico, Porte o Tenencia de Armas de Fuego, Partes o Municiones (Artículo 365 del Código Penal):
- Este delito establece penas de prisión para quien, sin permiso de autoridad competente, importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare o porte armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones.
- Las penas varían, pero generalmente se sitúan entre 9 y 12 años de prisión para armas de defensa personal sin permiso. Si el arma es de uso restringido o privativo de las fuerzas armadas, las penas son aún mayores.
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Al tratarse de un concurso heterogéneo de delitos (varios delitos cometidos por una misma persona), la pena final impuesta a Jhon Alexander Escobedo Colorado será la suma de las penas para cada delito, sin que esta supere el máximo legal establecido en el Código Penal. La Fiscalía buscará la pena máxima posible dada la gravedad de los hechos y la situación crítica de la víctima.
La Policía Metropolitana de Bogotá hace un llamado a la ciudadanía para manejar los conflictos de convivencia de manera pacífica y utilizar los canales de denuncia ante situaciones de riesgo o violencia a través de la línea de emergencia 123.

