En la tarde de este lunes 26 de mayo se conoció que la Corte Constitucional decidió amparar los derechos de los periodistas que les han pedido a instituciones religiosas información sobre miembros de sus comunidades señalados por casos de presunto abuso sexual contra niños y niñas. En esa medida, les ordenó a esas instituciones eclesiásticas que entreguen información de los sacerdotes o clérigos que habrían estado relacionados en estos casos.
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Puntualmente, el alto tribunal sostuvo que en su auto había revisado 50 expedientes de tutelas que se habían acumulado en sus despachos. De estas acciones de tutela, 48 correspondían solo a dos periodistas que han estado siguiéndoles la pista a este tipo de casos: Juan Pablo Barrientos Hoyos y Miguel Ángel Estupiñán.
Según la información compartida por el alto tribunal, Barrientos y Estupiñán “en ejercicio de los derechos de petición y de acceso a la información, solicitaron a distintas autoridades eclesiásticas datos personales de los sacerdotes o presbíteros nacionales o extranjeros, ordenados, incardinados o colaboradores adscritos a las organizaciones, desde su creación hasta la actualidad”.
Así mismo, indicaron otros expedientes en los cuales les pidieron a las instituciones religiosas información puntual acerca de las denuncias que habrían pesado sobre clérigos que habían sido “previamente determinados por presuntas conductas de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes”.
Adicionalmente, el alto tribunal recordó que en uno de esos expedientes los periodistas pidieron que les entregaran información acerca de decretos de suspensión suscritos por los superiores de las instituciones religiosas en medio de investigaciones relacionadas con presunta violencia sexual.

