Este miércoles, 13 de marzo, el magistrado del Tribunal de Barranquilla resolvió negarle la excarcelación a Salvatore Mancuso, por su nombramiento como gestor de paz. La defensa apelará la decisión tomada por el Tribunal.
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“La sala determina que la resolución presidencial 244 del 14 de agosto de 2023 tiene serios vicios que la hacen incompatible con la Constitución política al pretender una excarcelación abierta e ilimitada para un postulado de Justicia y Paz”, dijo el magistrado Carlos Andrés Pérez.
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Niegan libertad a Salvatore Mancuso
El magistrado aseguró que “la suspensión de las penas o de la medida de aseguramiento de Justicia y Paz por anticipación de la pena tiene que tener un plazo. La sala concluye que la resolución presidencial 244 carece de un componente temporal y carece de una circunscripción territorial precisa”.
También anotó que: “el citado acto administrativo, 244 del 2023, permite al señor Mancuso Gómez “actuar en todo el territorio nacional priorizando las zonas donde ejerció su accionar criminal”, lo cual desconoce los derechos de las víctimas del conflicto armado”.
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Otra de las razones expuestas por el magistrado es que “la designación de Salvatore Mancuso como gestor de paz no cumple con la condición de ser excepcional. Si se revisa con detenimiento la resolución 244 de 2023 no se halla en ella un objetivo preciso. Es latente allí la generalidad”.
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“No encuentra la sala que papel concreto desempeñaría el procesado en las mesas técnicas aludidas (en la resolución 244 de 2023) es más, no se sabe cuáles son las mesas, quiénes las integrarían, dónde operarían, por cuánto tiempo sesionaría”, explicó el Magistrado.
Para el magistrado se avizora un “panorama abstracto”, por lo que dice la resolución presidencial en la que se anota que la frase que dice: “‘contribuya con su conocimiento y experiencia a diseño de procesos de desarme colectivo de los grupos ilegales que operan en todo el territorio nacional’, es tan amplia que por poco se asemeja a las funciones que debe desempeñar el alto Comisionado para la Paz”.
El magistrado fue enfático al asegurar que esta resolución conllevaría en la práctica a “una excarcelación ilimitada e incontrolada de un postulado al que se le han impuesto múltiples medidas privativas de la libertad en este Tribunal, en virtud de la imputación de 34.002 crímenes de la mayor gravedad. 12.315 homicidios en persona protegida, 2050 desapariciones forzadas, 13.951 desplazamientos forzados, 880 crímenes con compatibles con violencia basada en género, 9 reclutamientos ilícitos y 4.997 crímenes de guerra, entre otros.