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Corte abre proceso penal contra el senador Arturo Char por compra de votos para Aida Merlano

Fue llamado a indagatoria por concierto para delinquir y corrupción al sufragante.

El senador Arturo Char,

La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia llamó a indagatoria y abrió investigación formal al expresidente del Senado y al actual senador de Cambio Radical Arturo Char. El proceso se da por su presunta vinculación a la compra de votos que llevó al Congreso a la exsenadora Aida Merlano.

Los delitos por los que es investigado el expresidente del Congreso son corrupción al sufragante y concierto para delinquir. En junio de 2020, la Corte lo llamó a rendir versión libre y en septiembre de 2019, le abrió indagación tras verificar que había indicios de posibles actividades ilegales en la alianza que hizo la casa Char con los Gerlein, patrocinadores de Merlano. Por estos hechos Merlano ya fue condenada a más de 10 años. En el caso de Char, la decisión de su investigación es del magistrado Francisco Farfán.

Corte abre proceso penal contra el senador Arturo Char por compra de votos para Aida Merlano

Según la sentencia, luego de que el empresario Roberto Gerlein declinara su aspiración al Senado y se decidiera en su casa apoyar a Merlano como su relevo, “hicieron coalición con la familia Char con miras a obtener votos en otros departamentos como Bolívar y Magdalena, con el compromiso de que Aida Merlano apoyara a Lilibeth Llinás como su fórmula a la Cámara de Representantes por el partido Cambio Radical”.

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De acuerdo a la Corte, “se concertó el apoyo que ofrecerían los dos clanes políticos (Char y Gerlein) para que la aforada (Merlano) llegara al Senado y a la Cámara de Representantes, Lilibeth Llinás”.

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Por lo pronto, la Corte, detalla que “en la cúspide de la organización se encontraban particulares y funcionarios públicos, la mayoría políticos; luego figuraban los coordinadores y líderes de la comunidad quienes se encargaban de conseguir los votantes dispuestos a recibir dinero por el sufragio para los diferentes cargos de elección popular; y por, por último, los didactas y punteadores, dedicados a ilustrar a los electores de cómo sufragar y controlar el número de votos obtenidos”, dice el fallo.

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