Noticias

Ocho operadores de telefonía móvil fueron sancionados por la SIC por más de $6 mil millones

La entidad los multó por desconocer el derecho que tienen los usuarios de escoger de manera libre su operador y conservar el número de su línea telefónica

Prohibirán el uso de celulares en colegios en Colombia Getty Images

En el año 2021 como consecuencia de quejas presentadas por usuarios, denuncias de operadores, actividades de inspección y requerimientos de información, la Superintendencia de Industria y Comercio adelantó las investigaciones pertinentes y sancionó a ocho operadores de telefonía móvil.

PUBLICIDAD

La entidad halló responsable a Claro, Movistar, Tigo, ETB, Virgin Mobile, Móvil Éxito, WOM y Avantel por violación del Régimen de Portabilidad Numérica y deberán pagar multas que ascienden a los $6.495.000.000.

SIC determinó que estas empresas, incumplieron: 1. Los pasos para hacer efectivo el trámite de portación, dispuestos por el regulador; 2. Rechazaron solicitudes de portabilidad, sin cumplir con los requisitos establecidos en la regulación; 3. No cumplieron los plazos máximos y los pasos previstos para adelantar las actividades a su cargo dentro del proceso de portación; y 4. Desconocieron el deber de suministrar la información requerida por la autoridad de manera exacta y completa.

De esta manera, las telefonías móviles que recibieron las multas más altas fueron: Claro y Movistar ($2.491 millones y $2.076 millones, respectivamente). Seguido de Tigo, con $916 millones; ETB, con $323 millones; WOM, con $291 millones; Virgin Mobile, con $208 millones; Avantel, con $139 millones; y Almacenes Éxito, con $51 millones.

Te puede interesar: Bavaria en el ojo de la SIC por obstruir entrada de nuevos competidores

“Por el incumplimiento de lo anterior, se presentó una violación al Régimen de Portabilidad Numérica por desconocer el derecho que tienen los usuarios de escoger de manera libre su operador y conservar el número de su línea telefónica”, aseguró la entidad.

Además de las sanciones económicas, la Superintendencia de Industria y Comercio, ordenó a cada uno de los operadores una medida administrativa de carácter inmediato y permanente, con la finalidad de que se abstengan de realizar cualquier tipo de conducta que limite a los usuarios en su derecho de la libre elección de proveedor, de conservar el número de su línea, así como garantizar la continuidad del servicio. Contra la sanción proceden los recursos de reposición y apelación.

PUBLICIDAD

Tags

Lo que debe saber


Lo Último