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“Cédula de ‘Matamba’ no está cancelada por muerte”: Registraduría

La entidad emitió un documento en el que confirmó que el documento de identidad del prófugo está activo.

Alias Matamba se habría fugado de La Picota (Captura de pantalla)

Este miércoles, 13 de abril, la Registraduría Nacional se pronunció a través de un comunicado para aclarar los cuestionamientos que hizo la Corte Suprema de Justicia en lo que señalaba que alias Matamba, el delincuente que se fugó de la cárcel La Picota de Bogotá vestido de guardia del Inpec, y que está prófugo de la justicia, aparece en los registros como muerto.

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Según la entidad, la cédula de Juan Larinson Castro Estupiñán, alias Matamba, jefe de la subestructura Cordillera sur del Clan del Golfo, está activa.

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“La Registraduría Nacional se permite informar que de acuerdo a las bases de datos de la entidad, la cédula de ciudadanía de Juan Larinson Castro Estupiñan, alias ‘Matamba’, se encuentra activa y no está cancelada por muerte”, puntualiza el pronunciamiento.

La entidad emitió un certificado que tiene fecha de este martes 12 de abril de 2022.

Certificado cédula de alias Matamba

En medio del estudio de la solicitud de extradición hacia Estados Unidos contra alias Matamba por delitos relacionados con narcotráfico, la Corte Suprema de Justicia pidió explicaciones a la Registraduría Nacional, en cabeza de Alexander Vega, porque aparecía como persona fallecida en su registro.

“Finalmente, se ordena requerir a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que informe las razones por las cuáles el cupo numérico n.° 13.107.932 asignado al reclamado, registra la novedad de cancelada por muerte en el informe de consulta web expedido por su entidad, tal como se observa en la documentación allegada al presente trámite”, indicó el alto tribunal.

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Sin embargo, la Corte aclaró que esto no es un impedimento para extraditar a Castro Estupiñán, apenas sea capturado, ni para emitir el concepto de esta solicitud por Estados Unidos.

“Eso sí, cabe aclarar que dicha circunstancia, no constituye un obstáculo para el estudio que en el momento de emitir el concepto, la Sala efectuará respecto a la plena identidad de la persona capturada”, indicó la Corte.

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