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‘Pato’ borracho en moto en Bogotá, se pegó tremendo ‘totazo’ por no agarrarse

En redes se preguntan quién es más irresponsable si el borracho o el conductor. ¿Le pueden poner multa?

En Bogotá, pato borracho en moto se pegó tremendo totazo; hay video
Caída Moto Captura Instagram: @sbiker_dc

Cada día son más los motociclistas que deciden llevar una cámara grabando mientras conducen, bien sea por ocio o para tener un soporte fílmico en caso de un accidente. Justamente varios de estos videos se han viralizado en los últimos meses en las redes sociales; uno de los más recientes protagonizado por un copiloto en estado de embriaguez que realizó una voltereta por su imprudencia.

El usuario de Instagram, ‘@sbiker_dc’, fue el encargado de publicar esta escena, misma que rápidamente superó las 179.000 reproducciones en la plataforma. En las imágenes se observa a este ‘pato’, -como coloquialmente se le llama al acompañante-, no agarrarse de manera adecuada del conductor, dando una voltereta hacia atrás en uno de los arrancones.

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Tras el fuerte golpe, el dueño de la ‘moto’ le pegó tremenda regañada a su compañero, sabiendo que él también fue imprudente al dejarlo montarse en ese estado; algo que le recalcaron en los comentarios del clip:


“Un borracho es inmortal”, “Lo regañaron por no cogerse y nunca se soltó de la moto”, “Uno tiene que gustarle mucho la adrenalina para emborracharse y tomar moto para trasladarse”, “Brazos de caucho”, “Repitan conmigo: no debo llevar borrachos en moto”, “No se sabe quién es más irresponsable, si el borracho o el piloto”, “Que me digan que me caí por borracho y no por soltarme”, y “Ni con ese totazo se le quitó la borrachera”, fueron algunas de las reacciones.

¿Pueden ponerle una multa si lleva un copiloto borracho en su moto?

A diferencia de países como Chile, en donde llevar a una persona borracha de pasajero acarrea una multa, en Colombina no está estipulada una sanción económica por esta acción que pone en riesgo al resto de actores viales.

Cabe recordar que la multa establecida por manejar ebrio se estipulan en el artículo 152 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Si se trata de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructores de conducción, la multa y el período de suspensión de la licencia se duplicará. Según la norma, en todos los casos de embriaguez el vehículo será inmovilizado. Dicho estado se establece mediante una prueba que designa el grado de embriaguez, lo que, a su vez, da a conocer el valor de la multa. Para este 2025, el valor de la infracción puede ir desde los 90 SMDLV, hasta los 720 SMDLV, y la suspensión de la licencia.

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