Un nuevo capítulo le apareció a la novela del Deportivo Pereira, con el tema de los incumplimientos en el pago de salarios a sus trabajadores y ahora, el club acudió a una acción de tutela, abogando el derecho al trabajo, para poder tumbar una medida del Ministerio del Trabajo y así poder jugar contra Independiente Medellín.
Esto, luego de que hace unos días el citado Ministerio anunciara una investigación y dictara una medida de suspensión de labores para el club, lo que les impedía jugar o entrenar.
En dicha resolución, se señaló que “como medida preventiva se suspende las labores de las y los trabajadores y contratistas al servicio del club, hasta que se verifique y certifique el pago de salarios y seguridad social que se les adeuda”.
Sin embargo, el cuadro risaraldense acudió a una acción de tutela, abogando el derecho al trabajo, que fue admitida por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Pereira que dejó en claro que la medida del Ministerio podía ver afectado el derecho constitucional.
El periodista Mauricio Gómez compartió el documento y señaló que con esto se tumba el acto administrativo anterior y se podrá desarrollar el partido.
“El Juzgado Primero Penal del Circuito de Pereira admitió la tutela presentada por @DeporPereiraFC en la que pedía jugar el partido ante el @DIM_Oficial argumentando el derecho al trabajo. Se suspende así el acto administrativo de Mintrabajo y habilita al Pereira”, señaló junto al documento.
Tutela de Deportivo Pereira
“JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO
Pereira Risaralda seis (06) de noviembre de dos mil veinticinco (2025).
Admítase la acción de tutela promovida por el señor ALVARO DE JESÚS LOPEZ BEDOYA, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Pereira (Risaralda) identificado con la cédula de ciudadanía número 16′480.500 de Buenaventura: obrando en nombre y representación legal de la sociedad comercial denominada “DEPORTIVO PEREIRA F.C. S.A.”, de naturaleza privada y nacionalidad Colombiana; con domicilio principal en la ciudad de Pereira identificada con NIT.901.644.853-8 en contra del Ministerio de Trabajo Territorial Risaralda grupo de prevención, inspección vigilancia control y resolución de conflictos, recibida en línea y por reparto de la Oficina Judicial, como quiera reúne los requisitos que establece el Decreto 2591 de 1991 y los del Decreto 333 del 6 de abril de 2021, en cuanto a la competencia de este estrado judicial.
De igual manera se ordena VINCULAR dentro de las presentes diligencias a la División Mayor del Futbol Colombiano - DIMAYOR en calidad de organizadora y administradora de los torneos profesionales de futbol y a la FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL por cuanto le fue remitido copia del acto administrativo Auto 01830 de 30 de octubre de 2025 numeral 4°, esto por cuanto se pueden ver afectados con la presente acción constitucional.
Córrase traslado del escrito de tutela con todos sus anexos a la entidad accionada y vinculadas, para que a través de sus Representantes Legales y/o responsables de dar respuesta de fondo a lo pedido procedan en el término de dos (2) días, a dar respuesta en todas sus partes a la presente actuación, y expliquen las razones por las cuales, según el libelo, vulneran los derechos al Debido Proceso, a la defensa y al Trabajo.
De conformidad con el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991, el juez constitucional está facultado para decretar medidas provisionales cuando sea necesario para evitar un perjuicio irremediable. La jurisprudencia constitucional ha reiterado que estas medidas deben ser adoptadas cuando se evidencie la urgencia, gravedad y necesidad de la protección inmediata (ver, entre otras, Sentencia T-225 de 1993. T-406 de 1992. y T-571 de 2007)”.
El partido entre Deportivo Pereira e Independiente Medellín está programado para este viernes 7 de noviembre a las 6:10 de la tarde.

