El Ministerio de Salud encendió la polémica en el sistema sanitario colombiano tras desautorizar la decisión del Instituto Nacional de Cancerología de restringir temporalmente la atención a nuevos pacientes afiliados a la Nueva EPS, una medida que, según la cartera, vulnera el derecho fundamental a la salud.
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La controversia surgió luego de que el Instituto, dirigido por Carolina Wiesner, anunciara limitaciones en la prestación de servicios, lo que generó preocupación entre pacientes y autoridades. Frente a esto, el Ministerio fue contundente al señalar que dicha decisión contraviene la Ley 1751 de 2015, normativa que regula el acceso a la salud en Colombia.
Choque entre MinSalud y Cancerología por atención a pacientes: alerta por posible vulneración del derecho a la salud
En su pronunciamiento oficial, la entidad enfatizó que “el Instituto se encuentra abiertamente en contravía de la Ley 1751 de 2015”, recordando que esta legislación establece obligaciones claras para el Estado y sus entidades en la protección de los ciudadanos. En particular, el artículo quinto de la ley prohíbe acciones que afecten directa o indirectamente el acceso a los servicios de salud o que puedan derivar en daños a la población.
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El Ministerio también cuestionó los efectos de la medida sobre los usuarios. “Es claro que la omisión en la prestación del servicio de salud a nuevos pacientes afiliados a la Nueva EPS menoscaba el principio de oportunidad”, indicó, subrayando que este tipo de decisiones deteriora el acceso a servicios esenciales y compromete la atención integral.
Además, la cartera advirtió que la actuación del Instituto podría afectar gravemente la continuidad en los tratamientos, especialmente en casos oncológicos donde el tiempo es un factor determinante. “Deteriora el acceso a los servicios y tecnologías en salud que garantizan la atención integral, oportuna y de alta calidad”, añadió el comunicado, reforzando la gravedad del asunto.
Otro punto clave del pronunciamiento es la relación jerárquica entre ambas entidades. El Ministerio recordó que el Instituto Nacional de Cancerología es una entidad adscrita a esta cartera, por lo que no puede actuar en contravía de sus lineamientos. “El Instituto no puede actuar en contra de los parámetros emitidos por este Ministerio”, precisó, enfatizando que las directrices siempre buscan garantizar la continuidad del servicio.
La situación escaló aún más cuando el Ministerio lanzó una advertencia directa sobre posibles consecuencias legales. “En caso de continuarse con la negativa del servicio de salud a los pacientes afiliados a la Nueva EPS, se procederá a interponer denuncia penal y queja disciplinaria por la posible comisión del delito de prevaricato”, afirmó la entidad, dejando claro que no descarta acciones judiciales.
Este anuncio ha generado un fuerte debate en el sector salud, ya que pone en el centro la tensión entre la capacidad operativa de las instituciones y la obligación de garantizar el acceso universal a los servicios médicos. Para miles de afiliados a la Nueva EPS, la decisión podría representar retrasos críticos en diagnósticos y tratamientos.
Mientras tanto, el Ministerio reiteró que su prioridad es proteger los derechos de los pacientes y asegurar que ninguna entidad limite el acceso a la atención. El caso ahora queda en manos de las autoridades competentes y podría marcar un precedente en la regulación del sistema de salud en Colombia.
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En medio de esta controversia, crece la incertidumbre sobre cómo se resolverá el conflicto entre el Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Cancerología, y qué impacto tendrá en los usuarios que dependen de estos servicios para su tratamiento y calidad de vida.
