Bogotá

Distrito le solicita a la comunidad Emberá desalojar la UPI La Rioja, debido a riesgo de fallas estructurales

Según la Alcaldía, también se pueden presentan incidentes de tipo eléctrico y sanitario, por lo que la salida debe ser inmediata.

Alcaldía de Bogotá le pide a la comunidad Emberá, desalojar La Rioja.
Alcaldía de Bogotá le pide a la comunidad Emberá, desalojar La Rioja. Secretaría de Integración Social

Todo parece indicar que el predio denominado Unidad de Protección Integral - UPI “La Rioja”, ubicado en la Calle 4 No. 14-14 en Bogotá, tendría problemas de tipo estructural, eléctrico y sanitario, razón por la cual desde la Alcaldía le han solicitado a la comunidad Emberá, presentes en este momento en el lugar, desalojar de manera inmediata.

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Según el Distrito, identificaron riesgos que ponen en inminente peligro la vida, la integridad y la seguridad de todas las personas que permanecen en el predio, especialmente de los niños, niñas y adolescentes.

“En atención al fallo de tutela proferido el 28 de mayo de 2025 proferido por la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, radicado 1001133333073202500010/01, que ordena la evacuación efectiva e inmediata de la comunidad Embera,el IDIPRON hoy ha llamado URGENTE a todas las familias a salir del predio de forma VOLUNTARIA E INMEDIATA, por razones de vida, seguridad y protección humanitaria", argumenta la administración local.


“​En cuanto a la permanencia en el lugar, esta permite que se materialicen y magnifiquen los riesgos existentes y puede generar situaciones que comprometen gravemente la salud y la integridad de todos; por este motivo, se requiere el apoyo y la colaboración inmediata y voluntaria de la comunidad para permitir la protección de cada uno de sus miembros", agrega el Distrito.

Igualmente el texto señala:

“Por consiguiente, el IDIPRON, en cumplimiento de su deber de proteger la vida e integridad de las personas, exige a los líderes y familias de la comunidad Emberá actuar con sentido de urgencia y proceder dentro de UN TÉRMINO MÁXIMO DE TRES (3) DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE COMUNICACIÓN, colaborando en las actividades dispuestas en el cumplimiento inmediato de esta medida”.

       

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