Opinión

Reforma pensional: las dos caras de Jano

Mafe Carrascal Rojas, Representante a la Cámara por Bogotá, nos explica en qué va la Reforma Pensional en el Congreso y el debate sobre las comisiones extras para las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Continúan los debates sobre la Reforma Pensional presentada por el gobierno Petro
Mafe Carrascal y la Reforma Pensional

Jano era uno de los dioses más interesantes de la antigua mitología romana: representaba, a la vez, el inicio y el fin, por eso lo solían representar con dos caras contrapuestas que miraban en direcciones contrarias. Incluso, la figura de Jano ha servido en la literatura y el arte para representar contradicciones, por ejemplo, Maurice Duverger sostenía que el dios Jano era una alegoría perfecta sobre lo que significa la política: instituciones y movilización, acuerdos y antagonismos, reglas y conflicto permanente. No le faltaba razón.

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La intención principal que le ha dado el Gobierno del Cambio a la Reforma Pensional es, sin duda, plausible y, más que eso, necesaria. Su objetivo es lograr la mayor cobertura y protección a la población adulta mayor. Según el DANE (2021), en el país existen 535.525 personas de la tercera edad que no están pensionadas, lo que significa, según el mismo DANE, que en nuestro país los hogares con pobreza monetaria tengan un 47% de adultos mayores no pensionados. Esto, sin duda, no solo muestra que pensar en reformar nuestro sistema de pensiones es del todo pertinente, también nos da una idea de que los gobiernos anteriores, todos ellos, decidieron por acción u omisión ningunear a los cientos de miles de adultos mayores que hoy día no tienen una vejez digna a falta de su pensión.

Otro aspecto positivo de la Reforma Pensional es la inclusión de las medidas afirmativas construidas alrededor del reconocimiento al trabajo del cuidado y de las mujeres en el sistema pensional que se propone. La Reforma Pensional incluye los criterios señalados por la Corte Constitucional en la sentencia C-197 de 2023 sobre disminución de las semanas de cotización para pensión en el caso de las mujeres. De esta manera el país podría avanzar en el reconocimiento del tiempo de cuidado que destinan muchas mujeres luego de su jornada laboral en virtud del doble rol social, sino que también es una forma de reconocer la disminución en el uso de su tiempo libre: de acuerdo con el DANE (2021), las mujeres tienen más participación en actividades de trabajo no remunerado y menos tiempo para actividades personales. La Reforma contribuye en el objetivo de reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidados en nuestro país.

En esa misma vía, también debe reconocerse en la propuesta de la pensional la creación del “Beneficio para madres o padres con hijo(a) inválido o con discapacidad” y la iniciativa del “Beneficio de semanas para mujeres con hijos”, que propone una reducción de semanas por los hijos que tenga una mujer.

Sin embargo, la propuesta de Reforma Pensional también incluye algunos aspectos que me resultan preocupantes y que deben hacer parte fundamental del debate que iniciamos esta semana en la Plenaria de la Cámara de Representantes. De hecho, mi equipo y yo hemos venido trabajando para presentar, en el desarrollo del debate, algunas proposiciones para modificar o eliminar, dos aspectos que de ser aprobados pueden llegar a desvirtuar la justicia social que quiere proponer el proyecto.

En primer lugar, debemos poner el foco en el umbral establecido para el componente de prima media, ¿por qué? Porque es bajo y puede conducir a una inequidad entre los pensionados, lo que hace que los mismos principios que promueve la reforma no materialicen los derechos. El componente contributivo del sistema de pilares que se propone es una medida que puede superar la regresividad del Régimen de Prima Media (RPM) pues, en términos de distribución de ingresos, implica no subsidiar más a las personas de altos ingresos con una alta pensión. Por lo anterior, he insistido e insistiré en el debate, que es importante examinar los datos aportados en la exposición de motivos de este proyecto, y dependiendo de qué umbral se use para definir desde qué ingreso básico se cotiza a Colpensiones y a las AFP, se obtienen tienen impactos diferenciados sobre la distribución de ingresos, dependiendo donde se encuentre el trabajador afiliado actualmente.

Casi el 84 % de la población ocupada en el país no supera los 2 SMMLV de ingresos mensuales y, por otro lado, para 2018 se calculaba que en el RPM el 75% de los afiliados cotizó por ingresos inferiores a 2 SMMLV, el 16% cotizaba por ingresos entre 2 y 4 SMMLV, mientras el 9% restante cotiza por ingresos superiores a los 4 SMMLV. Esto nos permite asumir que con un umbral de 2.3 SMMLV, aproximadamente el 20% de los trabajadores afiliados a Colpensiones pueden reducidas sus mesadas pensionales en el nuevo sistema de pilares.

Aquí adquiere relevancia el llamado que ha hecho con bastante insistencia el presidente Gustavo Petro: apuntar a umbrales más altos, de entre 4 SMMLV a 8 SMMLV, podrían mantener los ingresos futuros de las personas que ganan hasta 8 SMMLV y reducir de forma progresiva los ingresos de las personas que ganan salarios más altos. Además, en el escenario de un umbral alternativo, puede reducirse el impacto fiscal que generan las pensiones más altas, pero no impacta tan fuerte a los ingresos medios. Esto se traduce en una medida de equidad: las personas con ingresos salariales realmente altos van a tener menos subsidios del Estado, pues las personas con ingresos más altos tienen una mayor estabilidad económica en comparación con las personas de ingresos medios y bajos.

En segundo lugar, vale la pena detenernos en el tema de las comisiones extras para las Administradoras de Fondos de Pensiones, las famosas AFP: no tienen justificación, sobre todo cuando apenas administran y someten a riesgos los ahorros pensionales de los y las trabajadoras. En el artículo 24 se insiste en la posibilidad de que a las AFP puedan descontar una comisión de administración del 0,7% anual sobre los saldos de ahorro en el nuevo sistema y, además, la comisión por desempeño de 2% sobre los rendimientos reales obtenidos en el año, situación que favorece injustificadamente a estas sociedades, al asignarles comisiones incluso sobre saldos en las cuentas anteriores al sistema.

La necesidad de regular el comportamiento ético de las mismas AFP se hace necesaria cuando se examina el comportamiento de estos fondos, ya que utilizan el ahorro pensional para financiar y capitalizar sus propias empresas: el 35% de los ahorros se utilizan en compra de acciones de empresas del sector financiero y el sector real. El 44% de la compra de acciones que realizan Porvenir (Aval) y Protección (GEA) con los ahorros que ellos administran son para capitalizar las empresas del Grupo Aval y el GEA.

Entre los sectores que más reciben recursos de los ahorros administrados por las AFP para su capitalización están, en orden de magnitud, en primer lugar, el sector de energía y minas (que recibe el 9.5%), y en segundo lugar el sector financiero (que recibe el 5.7%), los cuales no son generadores de empleo: sector minas aporta 1% del empleo en el país, sector financiero aporta 2%. Otro dato: las comisiones de las AFP son mucho más altas en relación con países de la región. Las comisiones cobradas en Colombia son 35% más altas que las cobradas en El Salvador, 44% más altas que en Uruguay, 60% más altas que en E.E. U.U., y 80% más altas que en Costa Rica.

¿Debe ser una reforma pensional impulsada por el Gobierno del Cambio la manera en que las AFP aumenten sus ganancias? Yo digo que no. Digo que no podemos caer en una copia fácil de las caras de Jano, no podemos con una cara mirar hacia el bienestar de las familias trabajadoras, sobre todo de los abuelos y abuelas, y con la otra cara mirar a las AFP y hacerles un guiño para que sigan haciendo de nuestras pensiones el más rentable de sus negocios.

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