El abandono parental y el fraude patrimonial para no pagar el sostenimiento de los hijos son, ante la ley, actos de violencia. La Corte Constitucional de Colombia determinó que estas prácticas constituyen una grave forma de violencia económica y de género que castiga de manera desproporcionada a las madres, quienes terminan asumiendo en solitario la carga del cuidado, el sostenimiento y el acompañamiento emocional del hogar.
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La histórica Sentencia T-059-26 resolvió la tutela de Amalia y su madre, quienes enfrentaron 18 procesos judiciales y trámites administrativos intentando que el progenitor, Damián, cumpliera sus obligaciones. Pese a tener una condena penal por inasistencia alimentaria, el deudor nunca pagó y, para blindarse de embargos, simuló la venta de su único inmueble. Un juzgado civil de segunda instancia había permitido esta maniobra al negarse a reconocer la violencia económica y rechazar la apertura de un incidente de reparación con dicha propiedad.
La explotación de las madres y la pobreza como castigo
La Sala Cuarta de Revisión, Jorge Enrique Ibáñez Najar, Miguel Polo Rosero y Vladimir Fernández Andrade, quien la preside, revocó el fallo civil, anuló la venta ficticia del inmueble y ordenó una reparación integral. En su fundamentación, el alto tribunal desmitificó el impago como una simple disputa de exparejas y lo tipificó como una agresión directa basada en género.
El documento oficial de la Corte es claro al advertir que la inasistencia prolongada “no puede ser interpretada únicamente como una infracción, sino como una manifestación estructural y profunda de violencia económica”. La corporación advirtió que el peso del abandono genera impactos diferenciados y recae sobre la cuidadora principal, forzando a la madre a “asumir en solitario las cargas del cuidado, sostén y acompañamiento emocional”.
Para los magistrados, negar el sustento material empuja a las mujeres a la pobreza estructural y representa una “afectación al derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias en tanto recae exclusivamente sobre ellas la carga económica del hogar y la sostenibilidad del núcleo familiar”.
El aparato judicial como arma de desgaste patriarcal
El expediente expone cómo los deudores instrumentalizan el sistema de justicia a su favor. Maniobras como simular la venta de casas o crear litigios ficticios tienen el propósito explícito de extenuar física, financiera y psicológicamente a las mujeres, operando bajo un pacto de tolerancia social que ahora la justicia busca desmantelar.
El fallo de tutela denuncia que este tipo de violencia patrimonial “se inscribe en patrones sociales e históricos de desigualdad que han normalizado el incumplimiento y la omisión de los padres frente al deber alimentario, mientras que se traslada sobre las madres la carga de cuidar, mantener y sostener”.
Bajo este nuevo mandato, los jueces en Colombia tienen prohibido tratar el ocultamiento de bienes como un pleito privado. El Estado queda obligado a aplicar un enfoque interseccional estricto para rastrear patrimonios ocultos, sancionar la violencia económica y frenar violencias utilizado históricamente para precarizar la vida de las mujeres y sus hijos.
