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Mujer le montó persecución en moto a su esposo y lo pilló con su amante en plena Semana Santa

La escena se presentó en Bogotá y ya acumula miles de vistas en TikTok. Acá las implicaciones legales que hay de por medio

Pillan a pareja de amantes en Bogotá
Amante Bogotá Captura TikTok: Fernando Santos

En plena Semana Santa un presunto pecador fue ‘pillado’ por su pareja, junto a su amante; mujer que lo había perseguido durante un largo rato en una motocicleta, hasta que los ‘tortolitos’ se estacionaron. La escena acumula miles de reproducciones y despertó una enorme indignación en redes.

En las imágenes que tienen como lugar la localidad de Suba, se ve a esta mujer desesperada reclamarle a quien sería su esposo o novio, por llevar en su carro, un Audi, a una mujer que no era ella como copiloto.

Fernando Santos, un usuario de TikTok, subió este video. En él, se observa que la situación estuvo a punto de terminar en tragedia debido a la ira de la mujer que reclamaba. Afortunadamente para los tres implicados, las autoridades llegaron al sitio, evitando así que todo pasara a mayores.

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¿Qué implicaciones en la ley colombiana tiene que su pareja lo encuentre con su amante?

De acuerdo con el Código Civil colombiano y las directrices del Ministerio de Justicia, la infidelidad no constituye un delito penal ni amerita multas económicas directas; sin embargo, se mantiene como la primera causal de divorcio en el país. Al ser considerada un incumplimiento de los deberes conyugales, la legislación permite que el cónyuge afectado solicite el “divorcio sanción”. Este proceso busca proteger a la parte afectada, permitiendo que un juez declare la culpabilidad del infiel, lo cual desencadena responsabilidades civiles específicas que van más allá de la simple ruptura sentimental.

Bajo esta figura legal, el cónyuge declarado culpable puede ser obligado a pagar una cuota alimentaria de por vida a favor del cónyuge inocente, siempre que se demuestre la necesidad económica de este último para mantener el nivel de vida previo. Asimismo, la normativa estatal otorga al afectado el derecho de revocar las donaciones o regalos realizados al infiel con motivo del matrimonio. Es fundamental tener en cuenta que el derecho para invocar esta causal caduca: el interesado cuenta con un plazo máximo de un año desde el momento en que tuvo conocimiento del hecho para interponer la demanda ante un juez de familia.

A pesar de la creencia popular, ser infiel no implica la pérdida automática del patrimonio. En la liquidación de la sociedad conyugal, el cónyuge culpable conserva su derecho al 50 % de los bienes gananciales, ya que la fidelidad es un deber personal y no un requisito de propiedad. No obstante, las fuentes judiciales aclaran que, si se comprueba que el infiel utilizó recursos de la sociedad para financiar gastos de su relación extramatrimonial —como viajes o regalos—, se deberá realizar una compensación económica para reintegrar dichos valores a la masa de bienes común.

Finalmente, las autoridades hacen un llamado a evitar la justicia por mano propia, recordando que las agresiones físicas o verbales al encontrar a la pareja con un tercero pueden derivar en denuncias penales por lesiones personales o violencia intrafamiliar. Respecto a las tendencias legislativas como la llamada “Ley Cero Cacho”, las instituciones enfatizan que su espíritu es preventivo y educativo, enfocado en reducir los índices de violencia generados por conflictos de pareja, y no en la criminalización de la conducta. La recomendación estatal es siempre acudir a los canales legales y recolectar pruebas que respeten la intimidad para garantizar un proceso de separación justo.

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