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Gobierno impone paquete de impuestos por emergencia de lluvias: apuestas en línea reciben duro golpe

Este decreto, expedido en el marco de la emergencia económica, revivió varios impuestos que habían sido suspendidos por la Corte Constitucional.

Petro habló de sus exfuncionarios enviados a la cárcel.
Petro habló de sus exfuncionarios enviados a la cárcel por escándalo de la UNGRD Gustavo Petro, presidente de Colombia. (Foto: Presidencia) (Presidencia)

Ante la temporada de lluvias que ha dejado miles de damnificados este 2026, el gobierno de Gustavo Petro decretó, recientemente, un paquete de impuesto para recaudar recursos. Esto se da en el marco de la emergencia económica en los departamentos de Córdoba, Chocó, Bolivar, Cesar, Antioquia, Magdalena, La Guajira y Sucre, los más afectados por la ola invernal.

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Las medidas del decreto 0240 de 2026 reviven impuestos que habían sido suspendidos por la Corte Constitucional en relación a la emergencia económica anterior, pero que con la actual vuelven a cobrar validez. Según el ejecutivo, el dinero recaudado se destinará “exclusivamente a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para conjurar las causas del Estado de Emergencia”.

Apuestas en línea suben un 16 %

Las apuestas en línea serán gravadas con un nuevo Impuesto Nacional al Consumo del 16 %, cuyo hecho generador será el depósito de dinero (sea efectivo, transferencias o criptoactivos) que realice el usuario al apostar. La base gravable se calculará sobre los ingresos brutos (Gross Game Revenue - GGR), definidos como “el total de las apuestas menos los premios pagados en el bimestre correspondiente”.


Según el Gobierno, ese sector tiene una alta capacidad contributiva y un crecimiento sostenido, y la falta de gravamen generaba una distorsión con respecto a los juegos físicos.

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Amnistía de la DIAN por ponerse al día

Quienes tengan obligaciones pendientes al 31 de diciembre de 2025 con la DIAN y decidan ponerse al día, recibirán los siguientes beneficios:

-Reducción al 15% de las sanciones y actualización si se paga el 100% del capital antes del 30 de abril de 2026.

-Posibilidad de conciliar litigios contencioso-administrativos hasta el 30 de junio de 2026, pagando entre el 15% y 30% de las sanciones según la instancia del proceso.

-Tasa de interés moratoria reducida al 4,5% anual.

Activos ocultos pagarán el 19%

Los contribuyentes que tengan activos no incluidos en declaraciones o subvalorados o pasivos inexistentes al 1 de abril de 2026 podrán pagar un impuesto de normalización tributaria con una tarifa del 19 %. De hacerlo, no enfrentarán comparaciones patrimoniales ni renta líquida gravable, y tampoco acciones penales por omitir activos o pasivos.

La declaración y pago de este impuesto debe realizarse a más tardar el 31 de julio de 2026, sin posibilidad de corrección o extemporaneidad.

Se amplía el impuesto al patrimonio

Con esta medida, el impuesto al patrimonio cobija a los establecimientos permanentes y sucursales de entidades extranjeras. Para estos sujetos, el impuesto se causa el 31 de marzo de 2026 si poseen un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT, es decir, $10.474.800.000.

Además, deberán declarar y pagar el primer 50% el 30 de abril de 2026, y el restante 50% el 1 de junio de 2026. Excepcionalmente, según el decreto, se permite que este impuesto se registre contablemente contra la cuenta de reservas para evitar el “deterioro artificial de los índices de rentabilidad”.

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