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La Corte Suprema avala licencia por luto para mascotas en Colombia

La Corte Suprema de Justicia de Colombia sienta un precedente histórico sobre la licencia por luto para animales de compañía. Conozca los requisitos para solicitarla.

Cómo identificar dolor en perros y gatos
Perro y gato juntos Foto de referencia mascotas (Descargada de Freepik 11 noviembre 2023)

En un país donde el 67% de los hogares se declaran como familias multiespecie, la relación entre los humanos y sus animales de compañía ha dejado de ser un asunto privado para convertirse en un tema de interés público y legal. Un reciente y revolucionario pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia ha marcado un hito en el derecho laboral colombiano al abrir la puerta a la licencia por luto ante el fallecimiento de una mascota.

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Esta decisión, emanada de la Sala Laboral, surge tras el análisis de un conflicto entre un sindicato y una empresa. Aunque la organización se negaba inicialmente a otorgar un día de licencia remunerada por la pérdida de un animal, la máxima instancia judicial determinó que este beneficio no solo es viable, sino profundamente humano y necesario.

El sustento legal: La mascota como pilar del bienestar emocional

El fallo de la Corte no es un capricho sentimental, sino que se basa en un análisis técnico de la salud mental y el entorno del trabajador. Según el magistrado Luis Benedicto Herrera, los nexos que se crean con un animal de compañía son indiscutibles. El alto tribunal reconoce que estos seres representan:


  • Un aporte emocional constante e invaluable.
  • Una fuente de apoyo, compañía y protección.
  • Un factor determinante para el equilibrio psíquico del individuo.

“Es entendible que su pérdida produzca una situación emocional que afecte el rendimiento y la estabilidad de la familia”, señaló Herrera, validando que el dolor por la muerte de un animal puede ser tan incapacitante como el de un familiar cercano.

¿Qué animales aplican y cuáles son los requisitos?

No cualquier animal podrá ser objeto de esta licencia. Para evitar vacíos legales y garantizar la seriedad de la medida, el abogado y experto en derecho animal, Luis Domingo, explicó en Noticias Caracol que las empresas y sindicatos deberán diseñar instrumentos de registro con rigurosidad técnica.

Para que un trabajador acceda a este beneficio, se han trazado lineamientos claros basados en sentencias previas de la Corte Constitucional:

  1. Inscripción previa: El dueño debe haber registrado oficialmente a su mascota ante la empresa antes del suceso.
  2. Naturaleza doméstica: Debe ser un animal doméstico (perros, gatos e incluso vacas o caballos en ciertos contextos), pero nunca animales silvestres cuya tenencia esté prohibida.
  3. Lazos afectivos probados: El animal debe ser parte del núcleo familiar y depender económicamente de su tutor.
  4. Sin fin comercial: La mascota no debe estar destinada a la venta o explotación económica.

Un cambio de paradigma para 2027

Aunque este fallo responde a un caso particular, sienta un precedente legal crucial. Los expertos prevén que, a partir de 2027, la implementación de esta licencia se generalice de manera voluntaria en las empresas colombianas o como punto innegociable en los pliegos de peticiones de los sindicatos.

Con más del 30% de las familias colombianas conviviendo con dos o más tipos de animales, el reconocimiento de la familia multiespecie en el entorno laboral no es solo una tendencia, sino una necesidad de justicia social en un mundo que cada vez valora más el bienestar emocional de los trabajadores.

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