El panorama tributario en Colombia experimentará una transformación profunda a partir de los próximos meses. Luego de la declaratoria de emergencia económica realizada el pasado 22 de diciembre, el Gobierno del presidente Gustavo Petro ha formalizado el decreto que busca recaudar COP 11 billones adicionales para el Presupuesto General de la Nación de 2026.
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La administración central ha fundamentado esta decisión en una “grave situación fiscal” provocada por hechos económicos imprevistos. Entre los argumentos técnicos presentados en el documento oficial, se destacan las órdenes de la Corte Constitucional para nivelar la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del sistema de salud, los saldos pendientes en los subsidios de energía eléctrica y la reciente inviabilidad de la ley de financiamiento que se tramitaba en el Congreso de la República.
Este paquete de medidas no solo busca busca equilibrar las cuentas del Estado y garantizar los servicios públicos y derechos fundamentales que, según el Ejecutivo, se encuentran en riesgo.
La lista detallada de los nuevos tributos y cambios fiscales
Antes de que mencionar la lista, es necesario conocer el termino de Unidad de Valor Tributario (UVT) que es la medida estandarizada que utiliza la DIAN en Colombia para fijar el valor de impuestos, sanciones y multas de forma uniforme.
Su propósito es evitar que las obligaciones legales queden desactualizadas por la inflación, ya que su valor en pesos se ajusta anualmente según el índice de precios al consumidor.
Teniendo en cuenta lo anterior, estos son algunos de los cambios en el desglose de los impuestos y las modificaciones que entrarán en vigor, según lo estipulado en el decreto de emergencia:
Reforma al impuesto al patrimonio:
- Menor umbral: Ahora deberán pagar este impuesto quienes posean patrimonios superiores a COP 2.000 millones (40.000 UVT). Anteriormente, el límite estaba fijado en 72.000 UVT.
- Aumento de tarifas: La tarifa máxima, que se encontraba en el 1,5 %, podrá ascender ahora hasta el 5 %.
- Impacto: Se espera recaudar COP 1,7 billones en 2026, afectando aproximadamente al 0,8 % de los contribuyentes.
Sector financiero y banca:
- Se establece una sobretasa del 15 % (frente al 5 % actual), lo que eleva la tarifa de renta para las entidades financieras al 50 %. El Ministerio de Hacienda justifica este incremento señalando que el sector goza de múltiples beneficios que reducen su carga real.
Impuestos al consumo, licores y tabaco:
- Licores: El IVA pasa del 5 % al 19 % (excepto para la cerveza). Además, se unifica el componente específico en COP 750 por cada 750 c.c. para todos los destilados, vinos y aperitivos.
- Cigarrillos: La tarifa por cajetilla de 20 unidades sube drásticamente de COP 4.068 a COP 11.200.
- Ad Valorem: Este componente del impuesto para licores y tabacos sube al 30 %.
Bienes de lujo e importaciones:
- IVA del 19 %: Se aplicará a motocicletas de más de 200 c.c., yates, botes de recreo y aviones privados.
- Vehículos: Los carros cuya importación supere los USD 30.000 también tributarán con la tarifa general del 19 %.
- Compras por internet (Minimis): Se reduce el beneficio para importaciones de bajo valor. Antes, las compras menores a USD 200 estaban exentas; ahora, el límite baja a USD 50.
Normalización Tributaria:
- Se establece una tarifa del 19 % para legalizar bienes o pasivos no declarados con corte al 1 de enero de 2026. Quienes se acojan a esta medida no enfrentarán sanciones penales ni multas por renta.
Sector Extractivo (Petróleo y Carbón):
- Impuesto a la primera venta: Se aplicará una tarifa del 1 % a la extracción de estos minerales.
- No deducibilidad de regalías: El Gobierno insiste en que las empresas no puedan descontar las regalías del impuesto de renta, medida que proyecta un recaudo de COP 3 billones.
Alivios para contribuyentes en mora
A pesar del endurecimiento en el recaudo, el decreto incluye una ventana de oportunidad para quienes tienen deudas con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Los deudores que normalicen su situación antes del 31 de marzo de 2026 podrán acceder a:
- Una tasa de interés moratoria reducida del 4,5 %.
- La reducción al 15 % de las sanciones y actualizaciones pendientes.
- La condición indispensable es el pago del 100 % del capital de la obligación tributaria, aduanera o cambiaria.
Este plan de choque busca liquidez inmediata para el Estado mientras ofrece un respiro a los ciudadanos que presentan deudas de periodos anteriores, con corte al 30 de noviembre de 2025.
