El panorama judicial de los exministros Luis Fernando Velasco y Ricardo Bonilla cambió drásticamente este jueves 18 de diciembre. El Tribunal Superior de Bogotá, bajo la ponencia de la magistrada Aura Alexandra Rosero Baquero, ordenó su reclusión inmediata en un centro carcelario.
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La decisión se fundamenta en la presunta participación de ambos exfuncionarios en una red que habría utilizado recursos públicos para fines políticos.
Las pruebas que sustentan la medida
La Sala Penal del Tribunal concluyó que la Fiscalía General de la Nación presentó evidencias con un nivel de “inferencia razonable” suficiente para vincular a los exministros con los delitos de concierto para delinquir e interés indebido en la celebración de contratos.
De acuerdo con el expediente, la fiscal novena delegada ante la Corte Suprema, María Cristina Patiño, basó la acusación en testimonios clave y documentos recolectados durante meses. Entre las piezas centrales se encuentran las declaraciones de Olmedo López, exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), y de Sneyder Pinilla, exsubdirector de la misma entidad. A estos se sumó el testimonio de María Alejandra Benavides, quien fuera asesora en el Ministerio de Hacienda.
Para el Tribunal, estos testimonios sugieren que Velasco y Bonilla no fueron figuras secundarias, sino presuntas “cabezas” de una organización que operó al interior de la administración pública entre mayo de 2023 y febrero de 2024.
El esquema de los 612 mil millones de pesos
La investigación sostiene que la estructura ilegal habría direccionado contratos y convenios por un valor superior a los 612.000 millones de pesos colombianos. Estos fondos provenían no solo de la UNGRD, sino también del Instituto Nacional de Vías (Invías).
El objetivo de este movimiento de recursos, según la Fiscalía, era asegurar el trámite de proyectos esenciales para el Ejecutivo en el Congreso de la República. El ente acusador señaló específicamente que:
- En junio de 2023, se habrían dado instrucciones para intervenir en la Comisión Séptima del Senado.
- El fin era obtener votos favorables para las reformas pensional y de salud.
- Se habrían ofrecido proyectos y contratos a congresistas para consolidar las mayorías necesarias.
¿Por qué la cárcel y no la detención domiciliaria?
Uno de los puntos más debatidos en la audiencia fue la necesidad de la privación de la libertad en establecimiento carcelario. La magistrada Rosero Baquero fue enfática al señalar que las conductas investigadas representan una afectación profunda a la institucionalidad del Estado.
Al tratarse de presuntos delitos contra la administración pública, la justicia consideró que el riesgo para la comunidad persiste. Por esta razón, determinó que la detención domiciliaria no es una medida suficiente ni adecuada para garantizar los fines del proceso penal. El Tribunal desestimó los argumentos de las defensas, que buscaban mantener a los exministros en libertad o bajo medidas menos restrictivas mientras avanza el juicio.
Este fallo marca un hito en el proceso por el caso UNGRD, siendo la primera vez que altos exintegrantes del gabinete del presidente Gustavo Petro son enviados a prisión por estos hechos. El proceso continúa ahora en su etapa de juicio, donde se determinará la responsabilidad definitiva de los implicados.

