El cierre del año fiscal en Colombia se caracteriza por la publicación de indicadores económicos esenciales que marcan la pauta para la planeación financiera del siguiente periodo. Uno de los datos de mayor observación por parte del Gobierno, el sector empresarial y los trabajadores es la inflación, que mide la variación generalizada y sostenida de los precios de bienes y servicios.
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Dentro de este marco, el Índice de Precios al Consumidor (IPC), calculado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), se erige como un indicador fundamental. El IPC cuantifica la variación promedio de los precios de una cesta representativa de consumo de los hogares colombianos.
Cada fin de año, todos los colombianos se encuentran pendientes de dos cosas: el aumento del salario mínimo y cómo va la inflación. Por esto, El indicador que mide esto es el IPC. Es una especie de “termómetro” que usa el DANE para saber cuánto ha subido el costo de la canasta familiar (comida, servicios, ropa y más). Es un dato fundamental para la economía del hogar.
El Banco de la República (Banrep), que es quien maneja las riendas de la moneda, ha lanzado su pronóstico: esperan que la inflación termine el año alrededor del 5.1 %.
¿Qué significa esto? Es una baja importante. Recuerde que en años anteriores la inflación se disparó. De hecho, esta cifra proyectada es un poco menor al 5.20 % con el que cerró el IPC de 2024. Aunque la cifra oficial final la da el DANE, los expertos coinciden en que el panorama es mucho más tranquilo, lo que ayuda a la planeación de las familias.
Aquí viene lo que le interesa si usted vive en arriendo. La Ley 820 de 2003 dice que el aumento máximo que le pueden hacer a su arriendo de vivienda debe ir pegado al IPC del año anterior.
Es importante mencionar que la ley prohíbe usar el aumento del salario mínimo como base para subir el arriendo. El único tope es el IPC.
Cálculo para aumento de arriendo en 2026
Valor del arriendo actual + dato de inflación (IPC) = Aumento precio del arriendo
- Ejemplo: 1.000.0000 COP + 5.20 % = 1.052.000 COP
En este orden de ideas, si el IPC se posiciona sobre el 5.20 %, el aumento del canon sería de 52.000 pesos colombianos
Para el caso de las oficina, bodegas o consultorios, entre otros, el incremento debe acordarse entre ambas partes o de acuerdo a lo estipulado por las dos partes.
De acuerdo con la última cifra publicada por el DANE, en el mes de octubre, la variación de los Precios al Consumidor Anual (IPCA) fue del 5.51 %, es decir 0.10 puntos porcentuales mayor que la reportada en el mismo periodo del años anterior, que se ubicó en 5.41 %.
El DANE explica que este comportamiento se dio por la variación mensual de divisiones como alojamiento, agua, electricidad, gas, combustibles, restaurantes y hoteles.
Es importante volver a precisar que esta es una estimación basada en las proyecciones del Banco de la República. La cifra oficial que definirá el ajuste real deberá ser confirmada por el DANE cuando entregue el dato definitivo en el cierre del año.

