Con la entrada en vigor de la reforma pensional aprobada por el Congreso en 2024, el sistema de pensiones en Colombia vivirá importantes cambios desde el 1 de julio de 2025. Sin embargo, quienes ya reciben su mesada no verán alteraciones significativas en lo relacionado con el descuento por salud, uno de los temas que más inquieta a los adultos mayores.
A pesar de las transformaciones estructurales que implicará el nuevo modelo de pilares, los descuentos en salud se mantendrán tal y como lo establece la normativa vigente. Es decir, el esquema de aportes continuará dependiendo del monto mensual que recibe cada persona jubilada.
Así se mantiene el aporte a salud según el monto de la pensión
La reforma no modifica los porcentajes actuales de cotización en salud para los pensionados. Por lo tanto, el descuento máximo seguirá aplicándose bajo el siguiente esquema:
- Hasta 1 Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV): 4%
- Entre 2 y 3 SMMLV: 10%
- Más de 3 SMMLV: 12%
Con el salario mínimo de 2025 fijado en $1.423.500, estos porcentajes equivalen a las siguientes cifras aproximadas:
- Un pensionado que reciba el salario mínimo pagará $56.940 mensuales por salud.
- Para una pensión de $3.000.000, el descuento asciende a $300.000.
- Quienes perciban $5.000.000 deberán aportar $600.000 al sistema de salud.
¿Qué sí cambia con la reforma pensional?
Los cambios introducidos por la reforma afectan principalmente a quienes aún no han accedido a una pensión. La nueva estructura crea un sistema basado en pilares, en el que Colpensiones administrará hasta 2.3 salarios mínimos del ingreso cotizado, mientras que el excedente será gestionado por nuevas entidades llamadas Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Los colombianos ya pensionados no verán modificaciones en edad, semanas cotizadas ni monto de la mesada. El enfoque principal de la reforma está en ampliar la cobertura y permitir que más trabajadores accedan a una pensión digna, especialmente aquellos que no han alcanzado a cotizar el mínimo requerido bajo el modelo anterior.

