La reforma laboral, aprobada en tercer debate en la Comisión Cuarta del Senado, está a un paso de convertirse en ley. Estos son los puntos principales que cambiarían para los trabajadores en Colombia:
Jornada nocturna
La jornada nocturna comenzaría a las 7:00 p. m. y no a las 9:00 p. m., como ocurre actualmente. A partir de esa hora, las horas trabajadas tendrían un recargo del 35 %.
Aplicación del recargo nocturno
Este cambio aplicaría para todos los trabajadores, incluyendo los de pequeñas y microempresas.
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Duración de la jornada semanal
La jornada máxima será de 42 horas semanales, distribuidas entre cuatro y seis días, con al menos un día de descanso. Las empresas podrán implementar jornadas de cuatro días laborables y tres de descanso.
Pago de dominicales y festivos
El recargo por trabajo en domingos y festivos aumentará del 75 % actual al 100 %, de forma gradual:
- 80 % a partir del 1 de julio de 2025
- 90 % a partir del 1 de julio de 2026
- 100 % a partir del 1 de julio de 2027
Tipo de contrato laboral
El contrato a término indefinido será la forma general de contratación. Los contratos a término fijo estarán limitados a un máximo de cinco años.
Protección especial ante despidos
Solo podrán ser desvinculadas por justa causa o autorización legal las mujeres embarazadas (y hasta seis meses después del parto), las personas en situación de pre-pensión y los trabajadores con discapacidad.
Licencias para citas médicas
Se establece una licencia remunerada para citas médicas urgentes o programadas, incluyendo tratamientos específicos como la endometriosis, siempre que se notifique al empleador con el certificado correspondiente.
Otras licencias aprobadas
Se incluyen licencias remuneradas para asistir a obligaciones escolares, trámites judiciales y administrativos, además de las ya existentes por calamidad doméstica o ejercicio del derecho al voto.
Día de descanso por uso de bicicleta
Los trabajadores que certifiquen que usan la bicicleta como medio de transporte durante seis meses continuos podrán acordar con su empleador un día de descanso remunerado.
Prima adicional
Se contempla una prima adicional si la empresa crece más del 4 % anual, además de las primas legales y extralegales pactadas.
Contratos de aprendizaje
Durante la fase lectiva, los aprendices recibirán el 75 % del salario mínimo; en la fase práctica, el 100 %. Estarán afiliados a riesgos laborales y seguridad social. Las empresas que opten por no contratar aprendices deberán pagar una cuota de monetización equivalente a 1,5 salarios mínimos al SENA.
Remuneración a médicos internos
Los estudiantes de último año de medicina que realicen prácticas clínicas de tiempo completo recibirán un salario mínimo y estarán afiliados a seguridad social.
Licencia de paternidad
Se mantiene en dos semanas. La propuesta de extenderla a cuatro fue eliminada del texto aprobado.
Licencia por matrimonio
La propuesta de una licencia de tres días por matrimonio fue descartada.
Trabajadores de plataformas digitales
Cuando exista una relación de dependencia, la empresa cubrirá todos los aportes al sistema de seguridad social. Si el trabajador es independiente, la empresa aportará el 60 % en salud y pensión, y el trabajador el 40 %. La empresa asumirá la totalidad de los riesgos laborales.
Formalización del trabajo doméstico
Los trabajadores del servicio doméstico deberán ser vinculados mediante contrato escrito, con las garantías y derechos laborales correspondientes.
Formalización de trabajadores sociales
El ICBF deberá vincular laboralmente a las madres comunitarias y sustitutas. El Ministerio de Educación, por medio de la UAPA, garantizará la formalización del personal que manipula alimentos en el Programa de Alimentación Escolar.
Este resumen refleja lo aprobado hasta el tercer debate. Aún falta el último debate en plenaria del Senado y la conciliación con lo aprobado en la Cámara de Representantes. Si se aprueba en esas instancias, los cambios entrarían en vigor de manera escalonada a partir de julio de 2025.

