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Corte desautorizó a funcionaria que emitió concepto sobre la consulta popular del presidente Petro

Un concepto firmado por una funcionaria advertía que el presidente Gustavo Petro no podía convocar la consulta popular sin el aval del Senado.

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Corte Constitucional Colombia Foto: Corte Constitucional Colombia

La Corte Constitucional emitió un comunicado de prensa en el cual desautorizó a una funcionaria que firmó un concepto según el cual el presidente Gustavo Petro no podía convocar una consulta popular sin el aval del Senado.

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El concepto fue una respuesta que realizó una auxiliar judicial ante una consulta que fue realizada por la representante a la Cámara del partido Alianza Verde Katherine Miranda. La Congresista le preguntó al alto tribunal si el Ejecutivo podía convocar la consulta popular aun cuando el Senado emitiera un concepto desfavorable sobre este tema.

“Buenas noticias!!! La Corte Constitucional me ha confirmado que, tras el hundimiento de la consulta, el Gobierno no puede insistir en las mismas preguntas ni, mucho menos, imponerlas por decreto de forma dictatorial”, indicó Miranda.


El concepto generó molestia en el Gobierno Nacional, que cuestionó duramente este pronunciamiento.

La funcionaria se “extralimitó”: Corte

Pues bien, unas horas más tarde la propia Corte Constitucional desautorizó a la funcionaria e incluso advirtió que no ejerce funciones consultivas y no está dentro de sus responsabilidades hacerlo.

“La Relatoria de la Corte no tiene a su cargo responder consultas u opiniones y mucho menos adoptar decisiones de ninguna naturaleza. En ese sentido, la respuesta emitida por una servidora judicial de la Relatoría de la Corte a una petición relacionada con la convocatoria de una consulta popular —en la cual, además de remitir providencias sobre la materia, expresó una opinión sobre las mismas— constituyó una extralimitación de sus funciones que no compromete la posición oficial de la Corporación", expresó el alto tribunal.

Y concluyó señalando que incluso está dispuesta a poner en conocimiento de las autoridades disciplinarias estos hechos.

       

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