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Corte dice que consulta popular no se puede convocar sin aval del Senado; Petro insiste en que sí

La Corte Constitucional respondió a una consulta radicada por la congresista del partido Alianza Verde Katherine Miranda.

Gustavo Petro asistió a la audiencia en la Corte Constitucional para hablar de La Guajira
El presidente Gustavo Petro en la Corte Constitucional Foto: Presidencia

Hace minutos se conoció un concepto que emitió la Corte Constitucional en respuesta a una pregunta que le hizo la representante a la Cámara de Alianza Verde Katherine Miranda sobre la consulta popular que el presidente Gustavo Petro quiere convocar por decreto. Pero según la alta corte, no es posible realizar ese mecanismo democrático sin el aval del Senado.

(Lea también: Congresista María Fernanda Carrascal criticó artículo de reforma laboral que cobija a Rappi).

El documento fue emitido con fecha del 26 de mayo y se refiere a unas preguntas que hizo la congresista ante el alto tribunal. “La Relatoría de la Corte Constitucional acusa recibo de su consulta, relativa a la eventual facultad del Gobierno nacional para insistir en la convocatoria de una consulta popular nacional aun cuando el Senado de la República haya emitido concepto desfavorable”, explicó la Corte Constitucional.

Entre tanto, el alto tribunal resumió en tres puntos sus conclusiones frente a la consulta que hizo Miranda y la jurisprudencia que estudió para emitir su concepto.


Para empezar, la Corte Constitucional indicó que el concepto previo y favorable del Senado de la República es “condicionante” de la competencia del presidente Petro para convocar la consulta popular.

Así mismo, señaló que no hay posibilidad de que el Ejecutivo insista en este tipo de iniciativa si el Senado la hunde o no la debate.

“La negativa o el silencio del Senado agotan la iniciativa; no existe vía alterna de insistencia. Cualquier modificación exige acto legislativo de reforma constitucional (arts. 374-378 CP) y control automático por la Corte Constitucional”, concluyó el alto tribunal.

Petro dijo que sí puede convocar la consulta popular

Aunque no es claro si el presidente Gustavo Petro ya leyó el concepto emitido por la Corte Constitucional, lo cierto es que en la tarde de este martes 27 de mayo volvió a referirse a este mismo tema a través de su cuenta oficial en la red social X.

“La ley es clara en establecer explícitamente, que si el senado no se pronuncia con un concepto favorable o no, sobre la consulta popular, el presidente puede decretar la consulta. Al presidente elegido por los colombianos no se le puede quitar sus derechos legales y constitucionales. Estamos atentos al desarrollo del debate legal sobre la reforma laboral en la Comision VII, que será después, de la plenaria del senado”, advirtió el presidente Petro en X.

De otro lado, indicó que que la “sociedad colombiana” se había manifestado de múltiples maneras a favor de lo que denominó como una “justicia social”.

Además, volvió a hacer un llamado para que haya paz y convivencia en Colombia y señaló que los negocios particulares y los trabajadores que quieran sumarse al paro nacional que se llevará a cabo entre el 28 y 29 de mayo próximos, podrán hacerlo.

La funcionaria se “extralimitó”: Corte

Sin embargo, unas horas más tarde la propia Corte Constitucional desautorizó a la funcionaria e incluso advirtió que no ejerce funciones consultivas y no está dentro de sus responsabilidades hacerlo.

“La Relatoria de la Corte no tiene a su cargo responder consultas u opiniones y mucho menos adoptar decisiones de ninguna naturaleza. En ese sentido, la respuesta emitida por una servidora judicial de la Relatoría de la Corte a una petición relacionada con la convocatoria de una consulta popular —en la cual, además de remitir providencias sobre la materia, expresó una opinión sobre las mismas— constituyó una extralimitación de sus funciones que no compromete la posición oficial de la Corporación", expresó el alto tribunal.

Y concluyó señalando que incluso está dispuesta a poner en conocimiento de las autoridades disciplinarias estos hechos.

       

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