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A partir de mayo cambiaron las normas para las llantas de las motos: ¿le sirven las que tiene ahora?

Ojo, conductores de motos, porque estas nuevas reglas son de obligatorio cumplimiento

Hurtos a motociclistas
Cambiaron las normas para las llantas de las motos en 2025 Foto: Conductor de moto junto a agente de tránsito ( Descargada de X @SectorMovilidad- 18 de marzo 2025)

A diario, millones de personas en Colombia se movilizan en motos de distintos cilindrajes y por ello las autoridades deben actualizar constantemente las normas que las cobijan para garantizar la seguridad vial. Pues bien, recientemente se conoció que desde este 2 de mayo de 2025, Colombia implementará nuevas regulaciones para las llantas de motocicletas.

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Estas medidas fueron incluidas en la resolución 20223040065305 de 2022 y exigen que las llantas de las motos nuevas cuenten con certificaciones internacionales y un rotulado específico que garantice su calidad y cumplimiento de estándares internacionales.

¿Cuáles serán los nuevos requisitos de rotulado para las llantas de las motos?

De acuerdo con las nuevas normas que entraron a regir a principios de este mes, las llantas deberán incluir información legible a simple vista en alfabeto latino o romano, que indique el cumplimiento de estándares internacionales.


Aunque la marca de homologación es facultativa, el rotulado debe seguir los lineamientos del Reglamento número 75 de las Naciones Unidas e incluir:

  • Nombre comercial o marca.
  • Mención “Tubeless” si es sin cámara.
  • Categoría de velocidad del neumático.
  • Designación del tamaño.
  • Mención “Reinforced” o “Reinf” si es de estructura reforzada.
  • Índice de capacidad de carga.
  • Fecha de fabricación en formato de cuatro dígitos.
  • Inscripción “M + S”, “M.S.” o “M&S” para neumáticos de nieve, o “DP” para uso doble.
  • Inscripción “MST” para neumáticos multiuso.
  • Inscripción “Moped” para ciclomotores.
  • Identificación de la configuración del montaje si difiere de la estándar.
  • Inscripción “M/C” para llantas con diámetro equivalente a 330 mm o superior.
  • Para neumáticos adecuados para velocidades superiores a 240 km/h, indicación de la categoría de velocidad correspondiente.

Vale decir que esta información debe ser clara y completa, permitiendo verificar el cumplimiento de las normativas internacionales .

Tenga en cuenta la aplicación y plazos de implementación

La nueva normativa cobija a las motosnuevas ensambladas o importadas a Colombia. Así mismo, es clave tener presente que las motos matriculadas hasta el 31 de diciembre de 2024 no estarán sujetas a estas regulaciones.

En esa medida, los motociclistas tienen el deber de verificar que las llantas de sus vehículos cumplan con los requisitos establecidos antes de la fecha de entrada en vigor.

Además de las llantas, otras medidas de seguridad entrarán en vigencia en 2025, como la obligatoriedad de mantener la luz encendida permanentemente para mejorar la visibilidad y la implementación de sistemas de frenado avanzados en motocicletas nuevas.

       

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