El papel del nuevo director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) no sólo ha sido muy complejo por cuenta de la estela de corrupción que dejó su antecesor, Olmedo López, sino también por algunas desatenciones que se presentaron en administraciones anteriores. De hecho, un proceso jurídico que venía desde hace dos años casi lo lleva al arresto.
PUBLICIDAD
Así lo señaló Carrillo durante una intervención pública que hizo esta semana cuando visitó Pasto para inaugurar un nuevo Centro de Gestión Integral del Riesgo de Desastres en esa ciudad.
“El ejercicio de la función pública es muy ingrato”, empezó señalando Carrillo. Y agregó que un tribunal del departamento de Sucre determinó que él tendrá que pagar cinco días de cárcel por una tutela radicada en 2022. “Estoy cerca de ir a la cárcel antes que Olmedo. Este trabajo tiene un lado muy amargo y oscuro, pero también ofrece satisfacciones, como la de hoy. Me complace haber venido aquí antes de que, espero, los agentes no me arresten en el día de hoy. Estamos apelando esa decisión del tribunal”, indicó Carrillo, citado por la emisora radial La FM.
Todo apunta a que la apelación resultó exitosa, pues una fuente de la UNGRD le explicó a PUBLIMETRO que, en efecto, la decisión de ordenar el arresto de Carrillo ya se cayó.
¿Qué implicaciones tiene desacatar un fallo de tutela?
El marco normativo colombiano advierte que puede haber múltiples sanciones para los ciudadanos que desacaten un fallo de tutela, entre ellas el riesgo de arresto. Sin embargo, Corte Constitucional ha sido clara sobre la necesidad de que se surtan algunos pasos antes de ejecutar las facultades sancionatorias pertinentes.
“El incidente de desacato es un procedimiento especial que sirve como mecanismo judicial para inducir el cumplimiento de una sentencia de tutela cuando el responsable no lo ha hecho en los términos establecidos en ella. Este procedimiento debe ser adelantado en el marco de las garantías del debido proceso, toda vez que se trata de la potestad sancionatoria de las autoridades judiciales. Asimismo, cuando la decisión que se adopte sea la de imponer la sanción de arresto y multa, ésta debe ser consultada ante el superior jerárquico con el fin de determinar su legalidad”, ha explicado la Corte Constitucional.