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Abecé de la ley de plásticos de un solo uso: estos son los productos que saldrán del mercado

Desde el próximo 7 de julio, quedan prohibidos una serie de plásticos de un solo uso que día a día los colombianos utilizaban para diferentes labores. Aquí le contamos.

Plásticos de un solo uso.

A partir del próximo 7 de julio, ocho de los plásticos de un solo uso que se utilizan en actividades diarias en el país, tendrán que salir de circulación, según la nueva reglamentación que expidió el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

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La Resolución 0803 de 2024 establece medidas clave en la transición de Colombia hacia la eliminación de los 21 plásticos de un solo uso que serán eliminados progresivamente a 2030, según establece la Ley 2232 de 2022.

La ministra de Ambiente, Susana Muhamad indicó que “la resolución incita a los consumidores a cambiar la alternativa del uso. Hay un poder muy importante de los ciudadanos y las ciudadanas de dejar de utilizar estos elementos y empezar a pensar en un reemplazo”.

La nueva reglamentación aplica en todo el territorio nacional para los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas.

¿Cuáles son los productos que saldrán del mercado con la ley de plásticos de un solo uso?

- Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.

- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y factura

- Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada

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- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos

- Mezcladores de azúcar

- Pitillos para bebidas

- Soportes plásticos para las bombas inflar

- Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón

La ministra Muhamad agregó que la Resolución define que, para permanecer en el mercado, los productos prohibidos deben presentar alternativas sostenibles enfocadas en la biodegradabilidad y compostabilidad en condiciones ambientales naturales; ser fabricados con 100% de materia prima reciclada de fuente nacional; y su aprovechamiento debe ser del 100% de la misma resina o mezcla de resinas de los productos puestos en el mercado.

En Colombia hay 375 negocios verdes que están trabajando en el reemplazo de este tipo de materiales plásticos y su incorporación a la economía circular.

La resolución destaca, además, una mayor participación de los recicladores de oficio en el fortalecimiento de la cadena productiva del reciclaje y como actores clave en los procesos de certificación de las cantidades recolectadas.

Respecto a los comercializadores de bolsas plásticas, deberán presentar a más tardar el 31 de diciembre de 2024, un Plan de Gestión Ambiental de residuos de envases y empaques sobre informes de avance y cierre sobre el uso racional de bolsas plásticas

“Esperamos que esta transición al modelo de economía circular la podamos visibilizar de forma muy potente en la COP16, porque hace parte de la convención de biodiversidad para abordar la crisis de contaminación de microplásticos y el tratado de plásticos de un solo uso que se está en este momento negociando a nivel mundial para la eliminación de los plásticos que no sean esenciales, por ejemplo, para usos médicos donde no hay hoy un reemplazo”, dijo la jefa de la cartea ambiental.

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