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Corte Constitucional declara inconstitucional la Ley que creó el Ministerio de la Igualdad y Equidad

De acuerdo a los demandantes, la creación del ministerio de la Igualdad no contaba con especificaciones claras

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Latinoamérica y la UE evalúan el equilibro de sus relaciones en Colombia CTG001. CARTAGENA (COLOMBIA), 28/04/2023.- La vicepresidenta colombiana Francia Márquez habla hoy durante la instalación del foro "América Latina, el Caribe y Europa: Recalibrar nuestra asociación estratégica", en Cartagena (Colombia). El equilibrio de las relaciones y la reciprocidad en la cooperación centraron este viernes un foro en Cartagena de Indias en el que dialogaron representantes de la Unión Europea (UE) y de varios países de América Latina y el Caribe. EFE/Ricardo Maldonado Rozo (RICARDO MALDONADO ROZO/(EPA) EFE)

La Corte Constitucional de Colombia tomó la decisión de anular la Ley 2281 de 2023, que establecía la creación del Ministerio de la Igualdad y Equidad, argumentando vicios en su trámite legislativo y la falta de precisión en las facultades otorgadas al presidente Gustavo Petro. A pesar de esta determinación, los efectos de la ley se diferirán por dos legislaturas, hasta julio de 2026. Los demandantes, entre ellos Paloma Valencia y María Fernanda Cabal, objetaron especialmente las facultades extraordinarias concedidas al presidente y el supuesto impacto fiscal no evaluado adecuadamente durante el proceso legislativo.

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La Ley 2281 de 2023, que estableció la creación del Ministerio de la Igualdad y Equidad, fue revocada por la Corte Constitucional este miércoles 8 de mayo. La demanda presentada contra esta legislación se basó en irregularidades en su proceso de aprobación y en la supuesta falta de claridad en las facultades otorgadas al presidente Gustavo Petro.

A pesar de la decisión de la Corte, se diferirán los efectos de esta medida por dos legislaturas, comenzando desde el 20 de julio de 2024. Según lo establecido, una vez concluya la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 de 2023 quedará definitivamente sin efecto y será eliminada del ordenamiento jurídico.

Los demandantes, entre ellos Paloma Valencia, María Fernanda Cabal, Paola Holguín y José Jaime Uscátegui, expresaron preocupaciones específicas respecto al artículo 12 de esta ley, el cual otorgaba facultades extraordinarias al presidente por un período de seis meses para emitir normativas con fuerza de ley destinadas a integrar el Sector de Igualdad y Equidad con otras entidades.

Además, se señaló que la normativa no consideró adecuadamente el impacto fiscal de la iniciativa. Durante el proceso legislativo en el Congreso, no se proporcionaron de manera explícita los costos asociados, sino que se estimaron en 18.239 millones de pesos en la ponencia de primer debate en las comisiones primeras conjuntas.

La Corte Constitucional encontró que, durante el trámite de aprobación de la Ley 2281 de 2023, el Congreso de la República no realizó el análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad, tal como lo requiere la Ley 819 de 2003.

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