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Reforma a la Salud de Petro fue aprobada en primero de cuatro debates en la Cámara de Representantes

Con 14 votos a favor y 6 en contra el proyecto pasa ahora a la Plenaria de esa corporación.

Reforma a la Salud aprobada en la Cámara de Representantes.
Cámara de Representantes Reforma a la Salud aprobada en la Cámara de Representantes.

Con 14 votos a favor y 6 en contra, la Reforma a la Salud del Gobierno de Gustavo Petro fue aprobada en el primero de cuatro debates, en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. El proyecto pasa ahora a la Plenaria de esa corporación.

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En resumen, se aprobó la creación de las Gestoras de Salud y Vida y de los Centros de Atención Primaria. La Adres administrará el 100% de los recursos del sistema. El Gobierno fue derrotado en su propuesta de crear fondos regionales y se limitaron las facultades extraordinarias.

En total ya se aprobaron 117 artículos del proyecto durante las últimas sesiones. Ahora, este martes, continúa la discusión con los últimos 22 puntos restantes para que logre aprobar su primer debate y seguir su trámite legislativo.

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A la reforma a la salud aún le restan 3 debates para convertirse en ley. Uno en la plenaria de Cámara, y dos en el Senado de la República.

Reforma a la Salud fue aprobada y pasa a tres debates más en la Cámara de Representantes

Durante el último debate en esta comisión se aprobaron 14 artículos nuevos y se eliminaron otros nueve, después de que el Gobierno y los partidos acordaran avanzar en el debate y encontrar un punto medio en los puntos más polémicos. “Arduo trabajo, profundo el debate. Mucho más profundo que cuando se aprobó la Ley 100″, dijo el presidente Gustavo Petro en su cuenta de Twitter, donde celebró la aprobación.

Dentro de los artículos de la reforma a la salud que fueron revisados en la sesión de hoy, se destaca el artículo 4 (definición del modelo de salud, con enfoque en los Centros de Atención Primaria, la atención primaria, la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades, entre otros), los artículos 24 y 25 (coordinación regional de las redes y coordinación departamental y distrital de las redes, respectivamente), artículo 36 (gestión pública de los servicios de salud).

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