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Rappi respondió ante la multimillonaria multa que le impuso la SIC

Rappi respondió ante los cuestionamientos que planteó la SIC por infringir los derechos al consumidor.

Este martes, 21 de marzo, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó que le impuso una millonaria sanción a Rappi por infringir varios de los derechos al consumidor. La sanción, impuesta por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor contra RAPPI S.A.S., tiene un valor de mil doscientos cuarenta y cinco millones de pesos ($1.245.000.000). La compañía se pronunció.

Rappi emitió un comunicado en el que explicó punto a punto los señalamientos de la SIC y explicó en qué contexto se dio cada uno de estos.

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Rappi le responde a la SIC

La empresa emitió un comunicado como respuesta la multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio aclarando varios puntos.

“Rappi respeta la regulación local y presta sus servicios de acuerdo con las normas y leyes vigentes. En Rappi, fomentamos una cultura de cumplimiento y contamos con un equipo de expertos que se dedican, exclusivamente, a garantizar que cada proceso, procedimiento y transacción se realice acatando todas las obligaciones legales y normativas”, inicia el comunicado.

Además aclaró que su operación es a través de la “Plataforma Rappi”, por medio de la cual sus aliados comerciales, entre los que están restaurantes, supermercados, farmacias, entre otros; pueden exhibir, ofrecer y comercializar sus productos y/o servicios.

Rappi no comercializa ni compra para revender los productos y/o servicios que adquieren los usuarios/consumidores, como consumidores finales a través de la Plataforma Rappi, por lo tanto es claro que Rappi no comercializa licores. En ese sentido, Rappi presta servicios tecnológicos a los usuarios de su ecosistema”, aclaró.

Luego señaló el caso en el que se centra la SIC y dice que: “Es importante resaltar que uno de los principales eventos que cuestiona la Superintendencia de Industria y Comercio es el Día de la Madre de 2020, evento que se llevó a cabo en el marco de una pandemia y que generó una incrementalidad de más del 50% de las órdenes que se solicitan a través de la Plataforma Rappi. Adicionalmente, Rappi contactó a los usuarios/consumidores que tuvieron inconvenientes durante dicha fecha para informarles acerca de los inconvenientes tecnológicos que se estaban presentado y para ofrecerles compensaciones y/o reembolsos cuando estos eran procedentes”.

También la compañía se refirió a los tiempos de entrega y que este proceso “depende de diversas actuaciones por parte de terceros (...) muestra al usuario/consumidor un tiempo estimado inicial y le informa en tiempo real las posibles modificaciones que impactan a ese tiempo estimado inicial”.

Entrega de bebidas alcohólicas por Rappi a menores de edad

Respeto a la entrega de bebidas alcohólicas a un menor de edad, aseguró que “La entrega de bebidas alcohólicas a un menor de edad incumple con las políticas y normas que rigen a Rappi. De acuerdo con las leyes colombianas y con los términos y condiciones de la Aplicación “Soy Rappi”, los repartidores independientes deben abstenerse de entregar órdenes con licor a personas que sean menores de edad, entendiéndose que al momento de la entrega del producto, el repartidor independiente debe validar que la persona que recibe el producto es mayor de edad y , luego de comprobar su documento de identidad procede a entregar la orden de licor”.

Sin embargo, aunque las explicaciones están dadas, la decisión no tiene recurso, por lo que la compañía aseguró que “Rappi acreditará el pago de la multa dentro de los términos exigidos”.

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