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¿Cómo acceder a los beneficios de Colombia Mayor que propone Petro?

El mandatario espera poder beneficiar a tres millones de ancianos sin pensión con 500 mil pesos ¿De qué forma lo hará?

Tras la polémica desatada por el presidente Gustavo Petro sobre recursos pensionales: ¿cuáles serían los alcances e implicaciones? El anuncio del mandatario señala que espera poder ayudar a los beneficiarios del programa Colombia Mayor que actualmente son 1.600.000 personas y que espera poder incrementar a 3 millones de colombianos.

Cabe recordar que el programa de Protección Social al Adulto Mayor – “Colombia Mayor” está adscrito a Prosperidad Social y busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza.

La Reforma Pensional que propone Petro

Actualmente estas personas reciben una ayuda de 80 mil pesos mensuales pero el presidente Gustavo Petro anunció en últimas horas que “A través de un bono que en vez de ser de 80.000 pesos pase a ser de 500.000 pesos, y que haga que el viejo, hoy no pensionado, o la señora sabia hoy no pensionada, pueda superar la línea de pobreza”, indicó el mandatario.

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El jefe de Estado explicó que lo anterior implica una reforma pensional. “Es decir, que parte de las cotizaciones que hoy están en los fondos privados entren a Colpensiones, originando el sistema de pilares”, afirmó el presidente.

Lo que respondió Asofondos sobre la Reforma Pensional

La polémica surge no por el motivo de la Reforma Pensional sino por la forma. Asofondos se pronunció en un comunicado sobre el tema. Santiago Montenegro, presidente de Asofondos (Asociación que agrupa a Colfondos, Porvenir, Proteccion, y Skandia).

Aunque el dirigente ve como positiva la iniciativa de fortalecer los mecanismos de protección a la vejez para tres millones de adultos mayores, insiste en que este tipo de propuestas deben ir enmarcadas bajo una reforma que permita incorporar mejoras al sistema pensional.

“Todo esto es necesario, pero sin afectar el ahorro de la gente, ni la posibilidad de que al llegar a su vejez los trabajadores actuales no cuenten con los recursos necesarios para pensionarse”.

Montenegro resaltó además que en cerca de 30 años, el ahorro pensional en los fondos privados acumulado en ese periodo (hoy cerca de $360 billones), no solo se constituye en el principal garante de los trabajadores para su vejez, sino también en un importante activo para el desarrollo del país.

“Los recursos de fondos de pensiones han aportado cada año cerca de 0,6% del Producto Interno Bruto a través de inversiones que han irrigado los sectores económicos y productivos de país”.

Por eso, Montenegro enfatiza en que hay que cuidar el ahorro, y no desbordar el gasto a través de ahorro propiedad de los trabajadores, de ahí, la importancia de reiterar el abrir un espacio de diálogo con el Gobierno para llegar a un acuerdo que sea sostenible para el sistema, sus beneficiarios y ahorradores.

Para ser beneficiario de Colombia Mayor debe cumplir con los siguientes requisitos:

-Ser colombiano.

-Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

-Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).

-Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

El Fondo de Solidaridad Pensional apoya la financiación de dos programas:

a) El Programa de Protección Social al Adulto Mayor – Colombia Mayor ejecutado por Prosperidad Social.

b) El Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP) – Administrado y operado por el Ministerio del Trabajo.

Inscripción a Colombia Mayor si cumple con los requisitos

1. El adulto mayor se acerca a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.

2. La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.

3. Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.

4. A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los Criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.

5. Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios:

· La edad del aspirante.

· El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.

· La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.

· Personas a cargo del aspirante.

· Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.

· Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema, En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.

· Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.

· Fecha de solicitud de inscripción al programa.

6. Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.

Programa de Colombia Mayor de Prosperidad Social

Los beneficiarios podrán retirar el incentivo en SuRED y aliados, en todo el país, hasta el próximo 20 de septiembre. Hay más de 20.000 puntos de pago habilitados. El directorio de los puntos de pago por municipio está disponible en el siguiente enlace: https://prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayor/

El Gobierno Nacional ha dispuesto más de 150.000 millones de pesos para garantizar el pago de este ciclo en septiembre a todos los participantes.

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