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Ley de excarcelación de mujeres cabeza de familia: estos son los requisitos que las reclusas deberán cumplir

El presidente ya le había hecho unas objeciones a la ley, pero la Corte las negó. ¿Qué sigue?

Este jueves se conoció que la Corte Constitucional negó las objeciones que presentó el presidente Iván Duque al proyecto que ya había aprobado el Congreso. Por esto, irá a sanción presidencial la ley de excarcelación de mujeres cabeza de familia.

Luego de varios meses de revisión del Proyecto de Ley, el alto tribunal no consideró que la iniciativa “legalizara el microtráfico de drogas” como lo afirmaba el Gobierno y que, por el contrario, la norma se apega a la Constitución y es una herramienta que protege a las mujeres madres cabeza de familia.

Varias organizaciones, como el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Universidad Javeriana y el Centro de investigación y Docencia Económicas de México, indicaron que las mujeres cabeza de hogar son las más afectadas en la cadena de microtráfico. Además, al analizar el aumento de la población femenina en las cárceles del país concluyeron que del total de las mujeres condenadas en el país, 75 % de ellas eran madres cabeza de familia y 53,4 % habían sido condenadas por delitos menores en los que habían incurrido por sus condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

Según el exsenador Rodrigo Lara, estas cifras lo llevaron a presentar ante el Congreso una iniciativa que brindara penas alternativas, que consistirán en cumplir su condena mediante la prestación de servicios de utilidad pública en los municipios y localidades en los que están domiciliadas. “Se trata de un enfoque restaurativo que permitirá cumplir el fin resocializador de la pena y evitará que los hijos de estas mujeres caigan en comportamientos como la drogadicción y la delincuencia a los que son más susceptibles los niños y adolescentes que hoy tienen que vivir separados de sus madres”, indicó en un comunicado.

Pese a esta buena noticia, no significará que todas las mujeres que estén pagando su condena en las cárceles colombianas puedan salir de estas.

Requisitos para acceder a este beneficio:

  • Ser mujer madre cabeza de familia.
  • No tener antecedentes penales dentro de los cinco años anteriores al delito.
  • Ser condenadas a penas menores a los seis años.
  • No haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni la seguridad de su hijo.
  • Demostrar que las condiciones de comisión del delito estuvieron asociadas a condiciones de marginalidad y que cometieron delitos para la manutención del hogar.

Cuando se separa a la mamá de sus hijos estamos ante dos condenas: la condena de la mujer y la condena, al mismo tiempo, de sus hijos, pues ellos quedan a la deriva, con condiciones precarias, que los llevan a fenómenos como la deserción escolar, las adicciones y la posibilidad de caer en comportamientos delincuenciales”, concluyó el exsenador, que celebró la decisión del alto tribunal.

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