La Fiscalía demostró en juicio que Édgar Humberto Restrepo Benjumea, alias ‘Mono Clinton’, como integrante del Estado Mayor del ELN y coordinador del Frente de Guerra Urbano Nacional, promovió varias conductas ilegales contra la población civil para sostener económicamente el aparato armado de la estructura criminal.
PUBLICIDAD
Los argumentos y elementos de prueba aportados por un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales fueron avalados por una juez penal especializada de Medellín, quien condenó a alias ‘Mono Clinton’ a 40 años de prisión y al pago de una multa equivalente a 10.799 salarios mínimos legales vigentes.
La decisión declaró a Restrepo Benjumea responsable de los delitos de: secuestro extorsivo agravado; concierto para delinquir agravado; financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada y administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada; rebelión agravada; y obtención de documento público falso.
En el curso de la investigación, la Fiscalía acreditó la participación del sentenciado en tres eventos distintos ocurridos en Medellín y el área metropolitana. Se trata del secuestro de un propietario de una cadena de droguerías, hecho ocurrido en 2013; la retención de un ingeniero, en abril de 2015, en estos casos las exigencias por la liberación de las víctimas oscilaron entre 2.000 y 3.000 millones de pesos; y el secuestro de un empresario, ocurrido entre Medellín y Sabaneta (Antioquia), y por quien pidieron 43.000 millones de pesos para entregarlo a los familiares.
Las evidencias permitieron conocer que, para concretar estos actos delictivos, alias Mono Clinton recurrió a una banda conocida como ‘Los Magníficos’, la cual estaba integrada por policías activos y retirados, así como integrantes del ELN.
Alias ‘Mono Clinton’ fue capturado el 1 de agosto de 2019, en una acción conjunta de la Fiscalía y la Policía Nacional, mientras se movilizaba en un vehículo de vidrios polarizados por el barrio Loreto de Medellín. En el momento del procedimiento se presentó con documentos que no correspondían a su verdadera identidad.