Una tutela tuvo que ser interpuesta ante el sistema judicial para que la Registraduría Nacional incluya en el registro civil de nacimiento y cédula de ciudadanía la casilla de ‘no binario’ o ‘no específico’.
Una persona que no se identifica con el género masculino ni femenino acudió al recurso de la tutela y un juez que conoció en primera instancia el requerimiento le dio la razón y ordenó al organismo electoral expedir los nuevos documentos.
El juez cuarto administrativo de Bogotá fue quien conoció el caso y reiteró la jurisprudencia de la Corte Constitucional y también comentó que pese a varios requerimientos al Congreso para que regule el tema esta instancia no ha hecho caso.
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Registraduría deberá incluir género no binario en documentos de identificación: juez
La Corte Constitucional señala que la clasificación clásica de hombre o mujer “que plantea un código de identificación binario, en el cual solo se puede ser hombre o mujer, es anacrónico y propicia la discriminación de otras identidades”.
El fallo del juez indica que “Precisamente, aquellas personas que como el accionante de esta tutela, no se perciben o encuadran dentro del código de identificación binaria de ‘hombre’ o ‘mujer’, se ven sometidas a la negativa de la autoridad registral de declarar dicha situación en sus documentos de identificación. Ante esta situación, el juez de tutela no puede desempeñar un papel pasivo, sino que está en la obligación de proveer la defensa de los derechos fundamentales eventualmente vulnerados, pues no podría aceptarse la existencia de derechos sin protección judicial”.
A pesar de que la Registraduría respondió a la tutela diciendo que no había una regulación legal en ese sentido y no podía incluir una casilla adicional al género, el juez le ordenó hacerlo en un término máximo de tres meses.
En este caso, el fallo podría ser impugnado por la Registraduría y eventualmente escalaría ante la Corte Constitucional para que en una revisión determine su jurisprudencia.