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150 demandas buscan tumbar la obligatoriedad de presentar carné de vacunación de covid-19

Es el Consejo de Estado el que deberá revisar los recursos y tomar una decisión.

Carné de vacunación (Tomada de Portafolio)

El Consejo de Estado confirmó que actualmente debe revisar 150 demandas interpuestas en contra de la norma del Gobierno nacional con la que se obliga a los ciudadanos a presentar el carné de vacunación de covid-19 para poder ingresar a sitios públicos como a los restaurantes.

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En el Consejo de Estado cursan en la actualidad 150 demandas que fueron presentadas en ejercicio del medio de control de nulidad contra este mismo acto administrativo. La primera de ellas, con radicado 11001032400020210068600, que ya fue admitida, contiene la mencionada solicitud de medida cautelar”, indicó la corporación judicial según la revista Semana.

La información sobre las 150 demandas se conoció por el Consejo de Estado al informar que había declarado la carencia actual de objeto en una demanda de acción de tutela que buscaba suspender provisionalmente el primer mandato por medio del cual el Gobierno impuso como requisito de ingreso a eventos de asistencia masiva de personas la presentación del carné de vacunación contra la covid-19.

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Es el Decreto 1408 de 2021, en el que se imponía a los ciudadanos prohibición de ingreso a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, instalaciones deportivas; entre otros, si no podían demostrar que habían recibido, al menos, la primera dosis de la vacuna.

Sin embargo, los demandantes acuden a que, “desde la expedición del Código de Nüremberg (Alemania) de 1947, ningún procedimiento médico, tratamiento o vacuna puede ser aplicado sin el consentimiento del paciente. Sin embargo, dice, las autoridades nacionales están coaccionando a los habitantes que, por motivación médica, conciencia o culto han decidido no vacunarse contra la covid-19″.

Además, que “la medida también resulta arbitraria, dado que la intervención no evita el contagio, sino que solo disminuye la gravedad de los síntomas del virus y su impacto negativo en la salud”.

Tras los argumentos señalados en la demanda, el Consejo de Estado estableció que la norma que genera la supuesta vulneración de derechos fue derogada. “Esto significa que existe carencia actual de objeto, por supresión del acto administrativo que la parte actora acusa de violatorio de sus derechos fundamentales”, indicó el Consejo de Estado.

Además, que “si bien el decreto objeto del litigo ya no está en vigencia, produjo efectos jurídicos, lo que implica que el juez ordinario a quien corresponda determinar su legalidad, y no el juez constitucional, podrá adoptar las medidas cautelares que considere pertinentes”.

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