De acuerdo con el presidente de la Corte Constitucional, Antonio Lizarazo, uno de los cuatro magistrados que salvó el voto en la decisión sobre el caso de Álvaro Uribe Vélez, le dijo a Blu Radio que la tutela no debió haberse estudiado porque el exsenador tenía que reclamarle su condición de imputado al juez que lo dejó en libertad. Que no debió hacerlo ante un juez de tutela.
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Lizarazo estuvo de acuerdo con los cinco magistrados al negar el amparo en cuanto a que la investigación adelantada contra el expresidente debía conservar la validez de lo actuado.
El magistrado Lizarazo consideró que aunque la mayoría de sus colegas consideran que el juez cuarto penal del Circuito de Bogotá con función de conocimiento no se extralimitó en sus funciones, para él sí lo hizo.
“El juzgado accionado sí se extralimitó en sus competencias como juez de segunda instancia, al haberse pronunciado sobre la adecuación del trámite en una actuación convocada para fines diferentes y, que, por lo mismo, desconoció las competencias constitucionales de la Fiscalía General de la Nación, en cuanto titular de la acción penal”, dijo el Magistrado.