El pasado 20 de septiembre, la Superintendencia Nacional de salud emitió la CIRCULAR EXTERNA 2024150000000011-5 DE 2024 que imparte instrucciones generales de inspección, vigilancia y control para la garantía del derecho a la salud de personas trans en Colombia.
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Esta circular generó un despliegue de desinformación en medios de comunicación tradicionales y alternativos, principalmente en lo relacionado con la atención integral en salud a menores de edad, de acuerdo con lo expresado por las Familias de Adolescencias e infancias Trans - FAI.
“Como madres, padres y cuidadores de infancias y adolescencias con experiencias de vida trans, queremos comunicar a la opinión pública lo siguiente:
1. La diversidad de género es una condición inherente a la vida misma. Las infancias y adolescencias con experiencia de vida trans forman parte de la sociedad y de los escenarios de la vida cotidiana en todos los rincones del país y por ende, son sujetos de derechos. Así como las demás infancias y adolescencias, tienen derecho a crecer en entornos saludables, respetuosos, sin discriminación y siendo parte activa de la comunidad.
2. Desde hace más de 14 años, familias con menores de edad con identidad de género diversa, conformamos una red de apoyo en varias partes del país. Nos acompañamos de manera respetuosa y amorosa, estamos comprometidas no solamente con su cuidado y protección, sino también con la eliminación del estigma, la desinformación y toda forma de violencia contra la diversidad. Por nuestra propia vivencia, porque nos hemos informado activamente y por el acompañamiento profesional en salud al que, a pesar de las barreras, hemos tenido acceso, sabemos que la identidad de género no se decide, ni se elige. Ser trans se reconoce en la experiencia de la vida misma; se manifiesta de forma consistente y persistente a lo largo de los años y puede evidenciarse desde edades tempranas. Sobre esta realidad existe documentación médica y científica suficiente que respalda y comprende este proceso como parte del desarrollo de la identidad de las personas.
3. La Constitución colombiana, la legislación vigente y la jurisprudencia actual, garantizan los derechos de las infancias y adolescencias trans. Sin embargo, a menudo estos derechos están protegidos solamente en el papel. Las principales barreras que enfrentamos son la falta de información de los profesionales, una implementación inadecuada de los servicios y dilaciones administrativas. Encontramos de forma recurrente funcionarios y funcionarias que desconocen o alegan desconocer los derechos y la existencia misma de las personas trans, especialmente cuando son menores de edad, generando un estigma tremendamente doloroso que impacta directamente en su experiencia de vida. 4. Es nuestro deber y responsabilidad como madres, padres y cuidadores luchar por la garantía de los derechos de las infancias y adolescencias trans, permitiéndoles crecer en dignidad y equidad. Insistimos en que se reconozcan las necesidades multidimensionales que tienen respecto a la atención en salud, y la importancia de contar con acompañamiento médico y profesional que reconozca su diversidad asegurando un desarrollo integral sin miedo a la estigmatización o discriminación.
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5. Reiteramos que las acciones de afirmación de género en edades previas a la pubertad, están enfocadas única y exclusivamente en el carácter social del proceso, llamado «tránsito social». Esto quiere decir, que NO es cierto que se recurra a procedimientos quirúrgicos ni químicos para «transexualizarles o mutilarles» como se difunde de manera desinformada y tendenciosa en muchos medios. Se trata de un proceso de acompañamiento y escucha respetuosa, bajo la supervisión de un equipo médico experto que ofrece una atención en salud integral y segura.
6. Asimismo, las opciones de tratamiento en edades puberales, cuando son requeridas, se llevan a cabo bajo estricta supervisión médica y profesional, de forma segura y controlada, y están enmarcadas en un proceso de psicoeducación, consenso y acompañamiento al menor de edad y su familia, con suficiente información y respaldo científico sobre la efectividad, reversibilidad y riesgos asociados al tratamiento. Los bloqueadores de pubertad son utilizados desde hace muchos años, con fines distintos a acompañar el tránsito de género en la infancia y la adolescencia.
7. Celebramos que la Superintendencia Nacional de Salud incluya de forma explícita a las infancias y adolescencias trans en las instrucciones que desde su competencia de inspección, vigilancia y control imparte a sus vigilados.
8. Rechazamos enfáticamente, a la vez que lamentamos la tergiversación mediática que ha instrumentalizado a las infancias y adolescencias trans a conveniencia de agendas políticas que buscan a través de la desinformación, el pánico moral y los discursos de miedo, impulsar mecanismos de legislación que quitan derechos adquiridos por una población históricamente discriminada.
9. Hacemos un llamado a los medios de comunicación, a los actores políticos y a la sociedad en general para que asuman la responsabilidad de informarse y difundir contenidos basados en la evidencia científica y el respeto por los derechos humanos. Instamos a que se fomente un diálogo honesto y empático, que ponga en el centro el bienestar de las infancias y adolescencias trans.
10. Reafirmamos nuestro compromiso de seguir acompañando y defendiendo los derechos de nuestras hijas, hijos e hijes, y de todas las personas trans en Colombia. Nos oponemos al retroceso en los avances que tanto hemos luchado por conseguir. Es nuestra responsabilidad como sociedad garantizar que cada persona, sin importar su identidad de género, pueda crecer en un ambiente seguro, inclusivo y respetuoso”, indicaron.