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Dimayor le redujo la sanción a Nacional por el uso de pólvora y el clásico contra el DIM si tendrá las dos hinchadas

La decisión favorece por completo al espectáculo que habrá en el Atanasio Girardot.

DIM tendrá habilitada tribuna que anunció como cerrada y cerrará la que iba a abrir
Tribuna norte Atanasio Girardot

La sanción impuesta por la DIMAYOR a una sección del Estadio Atanasio Girardot para el clásico entre Atlético Nacional e Independiente Medellín ha desatado una notable controversia debido a la extraña forma en que se aplica el castigo. El origen de la sanción reside en el uso de pólvora y pirotecnia por parte de los hinchas de Atlético Nacional durante un partido reciente en el que el equipo actuó como visitante frente a Boyacá Chicó en la ciudad de Tunja, una conducta estrictamente prohibida en los escenarios deportivos.

El Comité Disciplinario de la DIMAYOR decidió sancionar a Atlético Nacional con la suspensión parcial de la Tribuna Norte del Estadio Atanasio Girardot, además de una multa económica. No obstante, el problema radica en que el partido que debe cumplir la sanción es el clásico paisa, donde el equipo que ocupa la tribuna es Independiente Medellín.

Esta situación es considerada ilógica e “insólita” por muchos, ya que el castigo impuesto a la tribuna de un equipo visitante (Nacional, por la falta en Tunja) recae sobre la afición del equipo local en otra ciudad y donde se ubicará la hinchada visitante (Medellín). Atlético Nacional ha manifestado públicamente su inconformidad con la decisión y ha anunciado la presentación de los recursos de reposición para intentar revertir o, al menos, aplazar la aplicación de la sanción, con el fin de no afectar la fiesta del fútbol antioqueño.

Tras esto, el ente rector del FPC optó por imponer la sanción únicamente a algunos sectores del estadio para no alterar por completo la fiesta de ambas hinchadas que se vive en cada edición de este encuentro. En medio de las resoluciones, así se describió la decisión final por parte de la Dimayor:

Reponer parcialmente la decisión contenida en el artículo 7° de la Resolución No. 107 de 2025, en el sentido de modificar el alcance de la sanción consistente en suspensión de plaza parcial de una (1) fecha, delimitado en los sectores 13 y 14 parte alta y baja de la Tribuna Norte del estadio Atanasio Girardot de la ciudad de Medellín“.

       

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