El más reciente y mediático caso es el de un probable médico que de manera justa redujo a tres antisociales con el “lamentable” resultado de que dichos victimarios perdieron la vida, no sin antes causarle graves heridas al médico, quien iba a ser de manera temeraria abordado por esos tres delincuentes para ser despojado de sus bienes de fortuna. Muchas voces salieron a victimizar a los antisociales y de manera absurda reprocharon la habilidosa respuesta de quien, sin pensarlo, defendió su vida y bienes con un arma de fuego amparada.
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Desde luego, nadie defiende la muerte violenta, y mucho menos se puede promover la prerrogativa jurídica de la legítima defensa para cegar la vida de ningún ser humano; eso no solo sería quizás un poco radical, sino que iría contra los principios naturales de proteger la vida, pero es precisamente esa ponderación de derechos la que nos permite inferir de manera lógica y justifica la institución jurídica de la legítima defensa como prerrogativa propia de los derechos humanos, la promoción y protección de la vida misma, institución que en Colombia lamentablemente ha sido satanizada y vista con una perspectiva guerrerista, como si los seres humanos no tuviésemos el ánimo de defensa desde lo mas mínimo, como bienes y honra, hasta la posibilidad de ir en contra del derecho ajeno a la vida con el fin único de proteger la vida propia o la de un tercero que la tenga en riesgo.
Las condiciones actuales de seguridad pública hacen necesario el examen de la suspensión del decreto que prohíbe el porte de armas. Así la misma sea amparada, es imposible que cada ciudadano tenga a disposición un policía, no solo por la criminalidad que esta desbordada en las principales ciudades, sino en los sectores rurales en donde volvieron los secuestros, las extorsiones y el boleteo, los requisitos para que un ciudadano sin antecedentes judiciales en uso de plenas facultades mentales, y con los requisitos que ya están establecidos en la norma para el porte y tenencia de armas de fuego, y la suspensión del decreto que plantea un plan desarme ayudara de manera vertical a reducir los índices de criminalidad que sacude el país.
La legítima defensa no sólo está establecida como institución en el derecho para casos como el del médico, también aplica desde la perspectiva del derecho natural o como institución del derecho romano que es fuente de todo el derecho, sino también se encuentra establecida como institución dentro de los parámetros del Derecho Penal Internacional, el Estatuto de Roma, y el Derecho Internacional Humanitario.
Hoy la ciudadanía se encuentra atemorizada por la delincuencia y clama a gritos la necesidad de poder hacer uso de su derecho legítimo a la defensa de su vida y bienes, con el propósito de repeler agresiones injustas. En la medida que tengamos mas ciudadanos decentes armados, menor será el campo de acción de la delincuencia para hacer a sus anchas lo que le viene en gana.
Señor presidente Duque, y Ministro de la Defensa, es hora de mirar asuntos de calamidad pública como tal, y sabemos de las preocupaciones serias por la seguridad ciudadana; así como los estados tienen derecho a ejercer la legítima defensa en contra de estados parias que sirven de guarida al narcoterrorismo internacional, los ciudadanos también tenemos el derecho a ejercer dicho derecho para salvaguardar la vida misma. No hay derecho más humano que tener la posibilidad de proteger la vida propia o la de un tercero indefenso, es riguroso y necesario dejar a un lado la vigencia de ese decreto que prohíbe el porte de armas de fuego, el cual sería muy decoroso y consecuente en países como Suiza, o en el mundo de Alicia y todas sus maravillas.
Corolario: la investigación en la cual se encuentra el médico que heroicamente se pudo defender de la delincuencia debe ser cerrada de inmediato, no solo por las circunstancias que tiene el caso, sino también sería un mensaje tácito a la delincuencia que delinquir no paga.