Opinión

El código aguanta

Gracias a activistas independientes, a los animales no les fue tan mal en el nuevo Código de Policía. Los políticos de la mentada Bancada Animalista del Congreso, que hambrientos de figuración asistieron al desayuno de su conformación y se tomaron la foto con el hashtag “me comprometo con la protección animal”, dejaron pasar un proyecto que amenazaba con desdentar a la Ley 1774; sin duda, la principal carta legislativa de batalla de los animalistas. Muchas fotos, poco aporte.

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Uno de los que detectaron la amenaza fue el autor de la Ley, Juan Carlos Lozada, quien alcanzó a evitar que las multas, incluidas a él, dejaran sin efecto las sanciones pecuniarias establecidas por la ley. Lesionada por su escasa implementación, la llamada ‘Ley animalista’, por la cual se penalizan algunas conductas de crueldad contra animales, no habría soportado el riendazo del proyecto de Código de Policía del Gobierno Nacional.  

Del Código, lamento: 1) que el ingreso de la Policía a un inmueble, sin orden escrita, sea solo “p ara dar caza a animal rabioso o feroz” y no para poner a salvo a un animal agredido por un rabioso y feroz humano. Aunque la Ley 1774 faculta a la Policía para hacer aprehensión material preventiva cuando sepa o sospeche de un acto de crueldad contra un animal, sin que medie orden judicial o administrativa, los inspectores aún se resisten a hacerlo por falta de claridad normativa. El Código habría sido la oportunidad para precisarlo. 

Además, es desafortunado 2) que insista en demonizar razas de perros y faculte la tiranía de copropietarios y residentes de conjuntos residenciales para prohibir su permanencia por decisión de las asambleas o juntas directivas de la copropiedad; y 3) que ratifique los espectáculos crueles como exclusiones de las conductas de cuidado y respeto que les debemos a los animales. En fin, un Congreso taurino, incluso en sectores verdes y llamados a sí mismos progresistas.  

Pero también son varios los aspectos buenos de este nuevo ordenamiento policivo nacional. Celebro 1) que se ratifique la prohibición de venta, promoción y comercialización de animales en vía pública en municipios de más de 100.000 habitantes (aunque debería serlo en todo el país); 2) que salvo circunstancias extraordinarias (habría que definirlas) no se pueda prohibir la tenencia de animales en conjuntos residenciales (coto a las arbitrariedades de administradores, propietarios y residentes); y 3) que nuevamente se les prohíba a niños y adolescentes la tenencia de llamados “perros potencialmente peligrosos” (suficiente tienen estos con tanta persecución, como para exponerlos a más riesgos). 

Especialmente, aplaudo que el Código obligue a los municipios 4) a que en el término de un año establezcan la creación de centros de bienestar, cosos u hogares de paso para animales incautados, abandonados o sin hogar; y 5) a que fomenten su adopción como medida prioritaria, previa esterilización, a ver si de una vez por todas se les pone límite a los alcaldes y concejales matarifes y, en cambio, se favorece el control humanitario de la población de perros y gatos.  

Ahora, deben activarse las veedurías ciudadanas. Fortalecer las bondades del Código e impulsar la Ley 1774 requieren de control social.

*Las opiniones expresadas por el columnista no representan necesariamente las de PUBLIMETRO Colombia S.A.S.

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